Inversores en Lebac deberán comenzar a pagar el Impuesto a la Renta Financiera desde el 25 de abril
La normativa, que regirá a partir del 25 de abril establece que, tanto la retención del gravamen como su alícuota, dependerán del tipo de inversión y de la jurisdicción del beneficiario, según sea considerada cooperante o no por el Convenio Multilateral de OCDE. En el caso de inversores de jurisdicciones cooperantes, es decir que tienen firmados convenios de intercambio de información fiscal, el gravamen deberá ser ingresado directamente por el beneficiario en el exterior o bien será retenido por la entidad financiera o su representante legal, en caso de que esté domiciliado en la Argentina. Para este fin, la AFIP creó un sistema de retenciones por parte de los agentes locales que intervienen en las operaciones de compraventa de Letras del Banco Central (Lebac) y otras inversiones. La AFIP creó un sistema de retenciones por parte de los agentes locales que intervienen en las operaciones de compraventa de Letras del…