La relación entre la libertad y los derechos con la responsabilidad ha sido objeto de profundos debates a lo largo de la historia de la filosofía y la ética. Si bien la libertad y los derechos son valores fundamentales en las sociedades democráticas, su ejercicio, sin una dosis equilibrada de responsabilidad, puede conducir a consecuencias negativas para el individuo, la comunidad y para todo el sistema.
Si bien los conceptos de libertad y derechos son multifacéticos, podría afirmarse respectivamente que son la capacidad de actuar y elegir sin restricciones externas, así como el conjunto de reconocimientos jurídicos de dichas facultades y de las necesidades a satisfacer para el disfrute de la vida humana en condiciones de plena dignidad. No obstante, como afirma Isaiah Berlin, la libertad negativa y positiva, sin interferencia ni coacción respecto de las acciones y de la voluntad hacia un objetivo y decisión, son fines en sí mismos que pueden coyunturalmente ser irreconciliables. En este caso, ante la incompatibilidad de pretensiones de ambas libertades hay una cosa que no debe hacerse: suprimir por completo uno de los dos valores que están en competencia porque termina deformando ambos. Esto es, la libertad no puede ser una licencia para perjudicar a otros o para actuar de manera irresponsable.
Por ello, la libertad debe restringirse por los derechos que poseen los demás miembros de la sociedad y, por ende, también los derechos deben estar limitados por la responsabilidad en su sanción y ejercicio frente a los demás integrantes de la comunidad. Así, la responsabilidad actúa como un contrapeso necesario para que la libertad no devenga en caos, ni los derechos en abusos por su mal ejercicio. El más claro ejemplo es expresado por John Stuart Mill, quien bajo el “principio de daño”, impone límites a la libertad individual y a los derechos, ya que la responsabilidad de no perjudicar a otros se convierte en un factor determinante en la toma de decisiones.
Es por eso que en una sociedad diversa, la responsabilidad desempeña un rol crucial en la protección de los valores comunes y el bienestar colectivo tal como lo expresa John Rawls al introducir el principio de “diferencia equitativa”, que justifica las desigualdades siempre que beneficien a los menos favorecidos. Este principio implica que aquellos con mayores oportunidades tienen la responsabilidad de contribuir al bienestar de aquellos en desventaja.
Desde una perspectiva jurídica, la responsabilidad para con el prójimo se refleja en conceptos como el bien común y el interés general. Ronald Dworkin argumenta que el Estado no puede ejercer su poder de manera ilimitada sobre los individuos, ya que debe respetar los derechos fundamentales y garantizar condiciones equitativas para todos. Esta concepción implica que las decisiones del Estado deben considerar no solo los derechos individuales, sino también la dimensión colectiva de la responsabilidad social.
Más concretamente, Thomas Scanlon y Jeremy Waldron afirman que el ejercicio de un derecho conlleva una responsabilidad implícita hacia los demás miembros de la sociedad, ejemplificándolo con el derecho de expresar opiniones libremente, pero bajo la responsabilidad de no difamar, promover o incitar al odio, o que puedan dañar a grupos marginados.
El modelo de equilibrio entre la libertad y los derechos, por un lado, y la responsabilidad, por el otro, se manifiesta también en los derechos colectivos tales como el de un medio ambiente sano. La Declaración de Río en 1992 sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo establece que, con el fin de alcanzar el desarrollo sostenible, los Estados deberán reducir y eliminar los patrones de producción y consumo insostenibles. Esto subraya que la responsabilidad de cuidar el medio ambiente limita el ejercicio de los derechos de producción y consumo. Esto demuestra cómo la responsabilidad puede y debe restringir ciertas manifestaciones en aras de preservar la cohesión social.
En esta misma línea, donde la responsabilidad para el prójimo enfatiza la obligación moral de cada individuo de considerar el bienestar de los demás en sus acciones y decisiones, Emmanuel Lévinas sostiene que nuestra responsabilidad hacia los demás precede a cualquier otra consideración ética, incluyendo su institucionalización en la libertad y los derechos. Este vínculo con el prójimo en una relación de responsabilidad ineludible es lo que implica que nuestras acciones deben tener en cuenta las necesidades y dignidad de los otros.
Pero en lo que respecta a ciertas nuevas leyes, proyectos legislativos y recientes derechos sancionados con graves implicaciones bioéticas, la política ha evitado este principio de responsabilidad anterior a cualquier reflexión y que implica el respeto por el otro individual y colectivo, la no supresión de la libertad positiva o negativa, la no supresión total de un valor por otro, el no dañar, la diferencia equitativa y la dignidad del otro. En algunos casos, permitir matar a un ser humano por ser conflictivo con los intereses de otro, y no casualmente tratándose siempre de aquel que, en las etapas de su vida, inicial y final, depende del cuidado del otro. En otros casos, las minorías que, en lugar de ser respetadas por las mayorías, imponen su visión sobre estas, coaccionando a los individuos y sus marcos axiológicos obligándolos en acción y voluntad a desnaturalizar sus principios y formas de vida, desvirtuando así incluso el propio proceso democrático. Todo ello, pretendiendo anular la naturaleza, la realidad objetiva y al prójimo en su formación cognitiva, ética, física y hasta arrebatándoles la propia vida.
Luego, cuando minorías apasionadas y polarizadas, en lugar de ser respetadas, imponen sus apreciaciones por sobre y a expensas de las mayorías, valiéndose de influencias y lobby como recursos financieros y económicos para comprar voluntades legislativas e influir sobre el proceso político y la opinión pública, se genera una democracia invertida. Esta es asistida también por la inacción de la mayoría silenciosa, apática e impávida ante decisiones que no reflejan su voluntad ni marco ético, dejando a las minorías activas llenar ese vacío y controlar la narrativa política y cultural. Esta inversión democrática socava las bases de la libertad, la equidad y la representación en el sistema político con su consecuente crisis axiológica y social.
Por ello, el respeto por la responsabilidad para con el prójimo también actúa como límite a la sanción de derechos por parte del Estado. Martha Nussbaum, en su enfoque sobre las capacidades humanas básicas, argumenta que el Estado debe garantizar las condiciones necesarias para que las personas puedan llevar una vida digna y plena. Pero esta perspectiva sugiere que el Estado no puede imponer restricciones excesivas en los derechos individuales si ello compromete la posibilidad de las personas de vivir una vida con oportunidades y bienestar. Y ello aplica a las restricciones del Estado para que las comunidades y los individuos puedan ejercer su cosmovisión acorde a su axiología y sin la imposición de categorías que contradicen su propio marco ético.
En última instancia, la responsabilidad como límite a las libertades y derechos es esencial para mantener un orden justo y armónico en la sociedad. Tanto desde la ética, como desde lo jurídico, reconocer y aceptar esta interdependencia es crucial para garantizar un equilibrio entre la autonomía individual y el bienestar colectivo, considerando la integralidad en la toma de decisiones y en la formulación de políticas públicas con un enfoque más responsable, equitativo y respetuoso en la relación entre el individuo, la comunidad y el Estado.
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