Procuradora dijo que no la invitaron a comisión para elaborar la reforma a la justicia

La preocupación de la procuradora General, Margarita Cabello, refleja la urgencia de abordar la violencia y restaurar la paz en Colombia - crédito Camila Díaz/Colprensa
La procuradora General, Margarita Cabello, dijo que está de acuerdo con la regulación del estatuto disciplinario del Ministerio Público – crédito Camila Díaz/Colprensa

El Gobierno de Gustavo Petro convocó a una comisión de expertos para elaborar el proyecto de reforma a la justicia que espera presentar ante el Congreso de la República en el primer trimestre de 2024. Una de las grandes apuestas es modificar los alcances de la Procuraduría General de la Nación, incluso el exvicepresidente Germán Vargas Lleras, que hace parte de la comisión, ha hablado de eliminarla.

Como protagonista de la reforma, era de esperar que el Ministerio de Justicia invitara al Ministerio Público a la comisión. Sin embargo, la procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco, aseguró que no le ha llegado ninguna invitación: “A esa comisión el ministro de Justicia no invitó a la Procuraduría, la Procuraduría General de la Nación, a quien quiere reformar, no está invitada a esa comisión”.

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La funcionaria también dejó entrever que pedirá que el ente de control que preside sea incluido en la comisión, pues “cuando a uno no lo invitan a la casa, es mala educación entrar a la casa”, y que ya habrá tiempo para defender el trabajo de la Procuraduría:

“Ellos deben trabajar su reforma, nosotros tendremos las oportunidades correspondientes para defender lo que es el trabajo de la Procuraduría General de la Nación y lo que es importante, constitucional y constituyentemente, la figura de un órgano de control dentro de una democracia participativa como la nuestra, no hay necesidad de pedir nada”, dijo la procuradora, según la citan en Semana.

Aun así, la procuradora tiró línea señalando que modificar las facultades constitucionales del Ministerio Público no puede hacerse, a su juicio, a través de una reforma constitucional o un acto legislativo. Tendría que ser un órgano más elevado que el Congreso: una constituyente.

“De todos modos, es claro que la orden constitucional de sancionar electos popularmente es una orden de carácter constituyente, que en mi criterio como procuradora General de la Nación, considero que cualquier modificación tendría que hacerse, no de una reforma constitucional o actor legislativo, sino a través de una constituyente”

La Procuraduría, el objetivo de la reforma a la justicia

El ministro Néstor Osuna lidera la elaboración del proyecto de reforma a la justicia - crédito Ernesto Guzmán/EFE
El ministro Néstor Osuna lidera la elaboración del proyecto de reforma a la justicia – crédito Ernesto Guzmán/EFE (Ernesto Guzmán/)

Uno de los objetivos de la reforma a la justicia que lidera el ministro Néstor Osuna es modificar algunas funciones y la estructura de la Procuraduría, en particular quitarle las facultades para destituir e inhabilitar funcionarios elegidos por voto, para cumplir con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Gustavo Petro contra el Estado colombiano.

Esta es una pelea que la procuradora y el presidente Petro han sostenido desde hace tiempo, pues este último insiste en que se debe acatar la decisión de la Cidh, mientras que la funcionaria se escuda en una decisión de la Corte Constitucional que ratificó que tienen las facultades para sancionar a los servidores públicos elegidos por voto.

“Lo que ya se había dicho en la ley 2094 de 2021 en el sentido de que la Procuraduría General de la Nación mantiene la potestad de sancionar disciplinariamente con destitución e inhabilidad a funcionarios electos popularmente que se encuentren en el cargo”, insistió la procuradora Cabello.

Aun así, la procuradora no cerró del todo la puerta a modificar el Ministerio Público y dijo estar de acuerdo en regular el estatuto disciplinario, que ya ordenó la Corte Constitucional:

“La Corte ordena que se regule un estatuto disciplinario, que sea un estatuto disciplinario como existe un estatuto de notariado, por ejemplo, como existe un estatuto de reglas especiales para algunos funcionarios específicamente. Es un estatuto que no contraría lo que ya ordenó la Corte Constitucional respecto a su posición de que la Procuraduría sigue manteniendo su potestad de sancionar disciplinariamente a los electos popularmente”


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