SEGOVIA, 17 (EUROPA PRESS)
La Audiencia de Segovia ha condenado a cuatro años de prisión a un varón de origen peruano, G.A.A.L, por un delito de abuso sexual sobre una mujer a la que llevó a su domicilio tras coincidir ambos en una discoteca de la capital e ingerir los dos abundantes bebidas alcohólicas.
Por tal motivo, en su sentencia condenatoria el tribunal aplica al encausado la atenuante analógica de embriaguez, de ahí la pena de cuatro años de prisión impuesta, frente a los siete solicitados por el fiscal del caso, junto con la prohibición de aproximarse a la víctima durante cinco años a menos de 500 metros, tanto de su persona como de su domicilio o lugar de trabajo, así como de comunicarse por idéntico periodo, además del pago de una indemnización de 2.000 euros en favor de la perjudicada.
De la prueba practicada en el acto del juicio oral resulta probado que el acusado, en la madrugada del día 1 de noviembre de 2018, coincidió en la discoteca Latin Palace, sita en la Avenida del Acueducto de Segovia, con la víctima, a quien conocía previamente, que los dos se encontraban bajo una notable intoxicación etílica, según la sentencia remitida por el Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León recogida por Europa Press.
Fue sobre las 06.00 horas cuando la mujer, acompañada de otra compañera de trabajo, se marchó a su domicilio, si bien una vez allí se dio cuenta de que se había dejado un cigarro electrónico (vapeador) que decía había quedado en poder del condenado, con lo que volvió a la ‘disco’ y allí se encontró de nuevo con G.A.A.L.
Se desconoce en torno a qué giró la conversación pero ambos se fueron juntos, andando hasta la vivienda del procesado y a la que la mujer subió voluntariamente. Una vez en la habitación, la víctima vomitó en varias ocasiones debido a su embriaguez, quedando luego tendida en la cama del acusado.
En esta situación, el acusado, afectado por las bebidas alcohólicas previamente ingeridas, procedió a penetrarla vaginalmente, momento en que la joven manifestó su voluntad contraria diciéndole “no quiero, no quiero, déjame ya”, continuando no obstante el acusado con el acto sexual hasta su eyaculación, sin que ella efectuase actos de oposición física ante el estado de ebriedad en que se encontraba.
FUENTE: INFOBAE NOTICIAS
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