Este 24 y 31 de diciembre es la inmovilizacón social obligatoria decretada por el Gobierno peruano desde las 11:00 p.m. hasta las 4:00 a.m. del día siguiente. Si es necesario que te movilices a tu centro de trabajo puedes solicitar tu pase laboral o podrás renovar este documento.
El pase laboral solo sirve para asistir al centro de trabajo usando un vehículo particular, en horario de toque de queda. También recuerda que si quieres ingresar a un establecimiento cerrado debes presentar tu carnet de vacunación que acredite que tienes las dos dosis contra la COVID-19.
Si deseas renovar este documento, puedes modificar o actualizar tus datos, fecha de emisión del DNI y lugar de origen y destino. Con este pase no tendrás problemas con la verificación de datos al presentarlo a la Policía Nacional del Perú (PNP) o a las Fuerzas Armadas (FF.AA.), que estarán resguardando las calles.
Revisa bien los datos con la información correcta. Si se comprueba que es falsa, estarás cometiendo un delito con consecuencias penales.
¿Cómo solicitar o renovar el Pase laboral?
– Debes ingresar a este link.
– Elige tu país y el tipo de documento, así como el número de tu DNI.
– Pon una fecha de emisión de DNI.
– Selecciona región, provincia y distrito de domicilio.
– Selecciona la región, provincia y distrito de trabajo.
HASTA 3 AÑOS DE CÁRCEL POR ORGANIZAR FIESTAS
Según el Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM, el sábado 25 de diciembre del 2021 y el sábado 1 de enero del 2022 será contra la ley organizar cualquier tipo de evento a nivel nacional, incluidos los que se hagan en domicilios propios de reuniones familiares.
La Policía Nacional del Perú (PNP) y las Fuerzas Armadas (FF.AA.) resguardarán las calles del Perú para intervenir a los infractores que no cumplan el toque de queda establecido por el Gobierno peruano.
La Fiscalía de la Nación – Ministerio Público informó que las personas que no cumplan con las medidas y organicen reuniones sociales y fiestas de fin de año, pese a la prohibición, estarían incurriendo en un delito que pueden ser castigados de 6 meses a 3 años de prisión.
MULTAS A INFRACTORES
Aquellos que no cumplan con la ley durante el toque de queda de Navidad y Año Nueva tendrán que pagar una multa.
Estos son los motivos por los que podrían ser sancionado y sus respectivas multas:
– Circular por la calle sin pase laboral, si corresponde. Multa: S/ 264.00
– Circular por la vía pública sin usar la mascarilla de uso obligatorio. S/ 352.00
– No respetar el metro de distancia obligatorio, o formar aglomeraciones en los mercados o supermercados cuya apertura está permitida. Multa: S/ 88.00
– Circular con vehículo particular en toque de queda por motivos diferentes a los permitidos por el Decreto Supremo 046-2020-PCM, y regulados por el Ministerio del Interior (Mininter) y el Ministerio de Defensa (Mindef). Multa: S/ 352.00
– Salir de casa durante la inmovilización social obligatoria. S/ 440.00
– Transitar la vía pública durante la inmovilización social obligatoria de los domingos (24 horas). Multa: S/ 396.00
– Desarrollar actividades sociales, recreativas, culturales, religiosas, de aglomeración o concurrencia masiva/no masiva en la vía pública. Multa: S/ 396.00
– No portar documento de identidad al salir o negarte a identificarte si te lo exige un integrante de la PNP o de las Fuerzas Armadas (FF. AA.). Multa: S/ 440.00
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