Un joven que mató a la actual pareja de su ex mujer fue condenado por “femicidio vinculado” en Neuquén y estará en prisión hasta 2061 ya que no recibirá ningún tipo de beneficio, según resolvió la Justicia de Ejecución Penal al aplicar una flamante ley nacional. Es el primer caso de este tipo en la Patagonia.
Juan Ernesto Calello, de 24 años, fue sentenciado a la pena máxima por haber asesinado de una puñalada a Patricio Escudero (25), quien era la pareja de su ex mujer, Daiana Benítez (23), con el único objetivo de hacerla sufrir a ella.
“Me dolía ir a juicio, me costaba, más con mis dos hijos”, contó Daiana tras conocer el fallo histórico, el segundo de este tipo en la Argentina. “Tenía miedo de que saliera, ahora estoy más aliviada”, agregó.
La jueza determinó que el condenado agotará el cumplimiento de su pena en el año 2061 y no consideró viable ningún beneficio
“Un juicio por jurados, a cargo del juez Mario Rodríguez Gómez, lo encontró responsable y determinó que tiene que cumplir prisión perpetua, que es la que le corresponde por el femicidio vinculado”, explicó Gustavo Lucero, abogado querellante en la causa. En tanto, en una audiencia realizada en las últimas horas, la jueza de Ejecución Penal Raquel Gass aplicó la nueva ley de Ejecución Penal, promulgada a nivel nacional en julio.
“La jueza determinó que el condenado agotará el cumplimiento de su pena en el año 2061 y no consideró viable ningún beneficio, esto en orden a la nueva ley de Ejecución Penal (27.375) por la que se dispone que en casos de hechos gravísimos no se conceda ningún tipo de beneficios a los condenados”, explicó Lucero.
El abogado destacó que la causa tiene aristas inéditas porque, por un lado, “el femicidio vinculado fue incorporado en los últimos años en el Código Penal” y, por otro, “es el primero que se da en la Patagonia, el segundo en todo el país”.
Por otra parte, el abogado celebró que “así como muchas veces las víctimas reclaman que la Justicia tiene muchas contemplaciones con quien no tuvo ningún tipo de contemplación al hacer lo que hizo, esta vez se da que la Justicia no tiene ningún tipo de contemplación”.
El hecho que se juzgó ocurrió el 29 de octubre de 2016, cuando Daiana se encontraba con Escudero en su casa y Calello, pese a que tenía una restricción para acercarse a la vivienda, ingresó y lo mató con un cuchillo.
“Si no estás conmigo, no estás con nadie. Si te veo con alguien te mato”, le había dicho en varias ocasiones Calello a la joven antes del crimen.
Con información de LM Neuquén y Télam
FUENTE: INFOBAE NOTICIAS
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