Los motivos por los que suspensión de Plan B sería “ilegal y parcial”, de acuerdo con Mario Delgado

Mario Delgado, dirigente de Morena
Mario Delgado, dirigente de Morena (Cuartoscuro)

Ante la suspensión del Plan B de forma indefinida por decisión del ministro Javier Laynez Potisek, el presidente del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Mario Delgado se pronunció en contra.

Pues por medio de un comunicado, aseguró que se trataba de una decisión ilegal y parcial por parte del ministro y no del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por lo que anunció su apoyo a que el Poder Legislativo y Ejecutivo impugnaran la decisión.

Ya que fue en la tarde noche del viernes que en el Máximo Tribunal se aceptó la controversia constitucional del Instituto Nacional Electoral (INE) en contra del Plan B bajo el argumento de que el decreto podía perjudicar los derechos políticos-electorales de los mexicanos.

“La decisión del ministro Javier Laynez Potisek es ilegal y parcial, está tomando una decisión unilateral, con consignas que favorecen a los grupos conservadores y sin respetar la investidura que representa porque fue una decisión que tomó contraria a Derecho”

De acuerdo con Delgado Carrillo, la suspensión sería contraria a la ley debido a que esta no procede en controversias constitucionales contra normas generales: “Aquí el INE está impugnando una norma general, y por tanto es contrario a la ley”.

Decenas de miles de ciudadanos se manifestaron en la plancha del Zócalo capitalino en contra del Plan B de Reforma Electoral de AMLO. (Moisés Pablo Nava/Cuartoscuro)
Decenas de miles de ciudadanos se manifestaron en la plancha del Zócalo capitalino en contra del Plan B de Reforma Electoral de AMLO. (Moisés Pablo Nava/Cuartoscuro)

Añadió que un ministro instructor, de oficio o a petición, puede otorgar una suspensión antes que se dicte sentencia; sin embargo, “no podrá otorgarse en aquellos casos en que la controversia se hubiere planteado respecto de normas generales (…) por ello, el ministro incurrió en una falta que nos hace dudar de su imparcialidad”.

Lo señalado por Delgado Carrillo viene estipulado en el Artículo 14 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).

Además, el artículo 19 de la misma establece que las controversias constitucionales son improcedentes contra normas generales o actos en materia electoral.

A esto se le suma la acusación de que no se trató de una determinación de todo el Pleno de la Corte, sino de uno de los 11. Por lo que espera que el Pleno se “pronuncie por la legalidad y revoque esta suspensión” ya que la reforma, aseguró, no viola la Constitución de ninguna manera.

“Reiteramos en Morena que esta reforma lo que busca es asegurar la austeridad de los órganos electorales, su eficiencia e independencia”

Comunicado SCJN (foto:Twitter/@SCJN)
Comunicado SCJN (foto:Twitter/@SCJN)

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