La reforma laboral en Brasil pone en jaque a toda la región

El pasado 27 de septiembre de 2016, a partir de un trabajo en conjunto realizado entre la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), el Banco Interamericano de Desarrollo y el Centro Internacional de Agricultura Tropical (CIAT), se publicó un informe que mide los costos laborales de América Latina y el Caribe. Argentina, como suele ocurrir, lidera el ranking, con un 34,6% de carga fiscal sobre el salario. La sigue Brasil, con un 32,2 por ciento.

Entre las conclusiones más salientes del informe, se mencionan los altos costos de formalización laboral en la gran mayoría de países de la región, lo cual tiene como consecuencia directa tasas de informalidad y precarización muy elevadas.

El Gobierno brasileño tomó estos argumentos y avanzó con una reforma laboral sin precedentes en su historia y para toda la región, que fue aprobada por el Congreso el pasado 11 de julio, y modifica y flexibiliza estructuralmente la “consolidación de las leyes del trabajo” (o CLT).

Para que podamos entender el impacto que tendrá esta reforma (mejorando exponencialmente la competitividad de nuestro país vecino por sobre toda la región), sirve solamente mencionar que, según el Foro Económico Mundial, Argentina se ubica en la posición 133 sobre 138 países estudiados, en términos de flexibilidad y costos laborales, mientras que Brasil, previo a la reforma, se encontraba en el puesto 119.

Ahora bien, según diversos estudios y proyecciones, se ubicará entre los puestos 85 y 90, una vez que empiece a regir la reforma, es decir, escalaría más de treinta posiciones a nivel mundial, con lo que le sacaría más de cuarenta posiciones a la Argentina en este ranking.

Todavía no somos conscientes de lo que esto implicará para el país y para la región, en términos de competitividad y a la hora de captar inversiones del exterior, o inclusive de argentinos invirtiendo en el país vecino.

A continuación enumeramos los puntos más salientes (son más de cien) de la reforma brasileña:

-Se eliminan (tácitamente) los sindicatos: la reforma les quita a los sindicatos los recursos que necesitan para existir, dado que la contribución sindical (hasta ahora obligatoria) pasa a ser voluntaria.

Para que entendamos la rebaja en los costos laborales que esta reforma tendrá, en Argentina, por ejemplo, la contribución sindical oscila entre el 2% y el 4% del salario bruto del empleado. Es decir, si hiciéramos lo mismo que Brasil, estaríamos bajando entre un 2% y un 4% el costo laboral para los empresarios.

-Tercerización laboral: la ley crea la figura del trabajador autónomo exclusivo, quien podrá prestar tareas a un único empleador, pero sin configurar relación laboral permanente.

Para que entendamos el impacto económico de esta medida, un autónomo en Argentina tiene un costo anual aproximado de 100 mil pesos (categoría más alta de autónomos). Por el contrario, el régimen general previsional ronda los 250 mil pesos de costo anual, tomando un sueldo bruto de 45 mil pesos por mes.

Recordemos, la cantidad de conflictos que existen en Argentina (de índole laboral y previsional) con monotributistas y autónomos que trabajan exclusivamente para un único cliente, teniendo en cuenta las presunciones establecidas en la ley de contratos de trabajo.

Por si fuera poco, la reforma les permite a las empresas tercerizar cualquier tipo de actividades, incluso las principales.

-Los acuerdos entre el empleador y el empleado, o los acuerdos por sector o por empresa, priman por sobre la legislación vigente. De esta manera, una “simple” negociación individual entre empleado y empleador puede vulnerar derechos legales, condiciones mínimas, garantías, etcétera en materia de vacaciones, jornada laboral, salarios, entre otros.

Queda claro que no tienen la misma fuerza de negociación un sindicato que un empleado o el conjunto de empleados de una empresa contra su patrón. Por lo cual, el aumento de costos laborales, año a año, no será tan significativo como en otros países mucho más sindicalizados, como es el nuestro.

-Jornada laboral intermitente: otro conjunto de medidas muy atacada por la opinión pública brasileña radica en que: se podrán pagar salarios sobre una base horaria o diaria (ya no mensual), permitiéndose burlar el salario mínimo establecido; y el empleador podrá convocar al empleado con un mínimo de tres días de antelación. Fuera de ese período, el trabajador no estará a disposición de esa empresa. Todas cuestiones impensadas en la legislación argentina, con impacto concreto en los costos laborales de las empresas.

-Otros cambios: la jornada laboral diaria máxima podrá ser de hasta 12 horas diarias, con 36 horas de descanso posteriores; el preaviso pasa de 30 a 15 días; las vacaciones podrán fraccionarse hasta en tres períodos; el tiempo de transporte al lugar de trabajo se deja de computar como tiempo de trabajo; etcétera.

El autor es asociado de SCI Group.



FUENTE: INFOBAE NOTICIAS

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