La provincia de Córdoba ya tiene su propia ley del arrepentido

La Legislatura de la provincia de Córdoba sancionó este miércoles su propia Ley del Arrepentido que se aplicará en el fuero penal provincial. La iniciativa es del legislador de Cambiemos Javier Bee Sellares y contó con el acuerdo del bloque oficialista de Unión por Córdoba para ser aprobada en la sesión de este miércoles.

El proyecto es una respuesta a la ley del arrepentido sancionada por el Congreso de la Nación que en el artículo 18 invita a las provincias a adoptar las normas procesales correspondientes a los efectos de concordarlas con las disposiciones de la norma nacional.

Si bien la iniciativa que se votó en la legislatura cordobesa es similar a la Ley 27.304 a la que se acogieron numerosos imputados en la causa de los cuadernos del chofer Oscar Centeno, incorpora algunas novedades respecto de la norma nacional. Una de ellas es que el acuerdo de colaboración que celebren el fiscal y el imputado colaborador deberá contener “una propuesta concreta de reparación o restitución de los fondos, bienes, efectos, productos o ganancias del delito por el cual se brindare colaboración, con las que se hubiere beneficiado”. Es decir: para que sea válido el acuerdo y que el arrepentido pueda acceder a una morigeración de la pena, además de brindar información, deberá hacer una oferta concreta de devolución de los bienes obtenidos por la comisión del delito.

En este sentido, en diálogo con Infobae, el legislador Javier Bee Sellares afirmó que “la diferencia sustancial con la ley nacional es que hacemos hincapié en una demanda de la sociedad para que el imputado arrepentido devuelva los dineros, efectos o bienes mal habidos”.

En caso de que el acuerdo se homologue, el juez deberá establecer la veracidad y la relevancia de la información aportada por el imputado colaborador en el plazo perentorio de un año, es decir, este término no podrá ser prorrogado.

Otra innovación que introduce el proyecto es que si se comprueba que la información brindada por el arrepentido no es veraz, se tomará como una presunción de que quiso entorpecer la investigación y por lo tanto dejará de tener el beneficio de la excarcelación. En otras palabras, si se corrobora que mintió para acceder a los beneficios de la ley -entre ellos estar en libertad- deberá volver a prisión.



FUENTE: INFOBAE NOTICIAS

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