A partir de la detención de cuatro extranjeros por los disturbios en la zona del Congreso, mientras se discutía el presupuesto 2019, se abrió el debate sobre qué debe hacer el Estado frente a aquellos individuos que llegan al país y cometen delitos.
Tenemos que trabajar por un país que cada vez sea más libre y seguro, y ello trae aparejada la necesidad de cerrarles las puertas a quienes vienen a delinquir. No se trata de extranjeros o nacionales: la batalla es contra el delito, y es allí donde no estamos dispuestos a hacer concesiones, sin excepción alguna.
En julio de 2017, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvió que España tenía derecho a expulsar y prohibirle la entrada durante diez años a un ciudadano italiano condenado por reiterados abusos sexuales a menores. En ese momento, nadie se escandalizó. España promovió la medida alegando que el italiano representaba una “amenaza para la seguridad pública”. El Tribunal recordó en el decisorio que “el derecho de residencia de los ciudadanos de la Unión en el territorio de los Estados miembros no es incondicional” y que “los Estados miembros pueden limitar el derecho de residencia de un ciudadano de la Unión o un miembro de su familia, independientemente de la nacionalidad, por razones, entre otras, de orden público o de seguridad pública”. Lo que para la Unión Europea es parte de un proceso normal y habitual —expulsar una persona que pone en riesgo a la sociedad—, en Argentina ha desatado un debate que aviva toda clase de discursos, algunos de ellos fruto del desconocimiento, el oportunismo o los prejuicios.
El decreto 70, que firmó el presidente Mauricio Macri en 2017, apunta a reforzar los controles fronterizos, impedir el ingreso de inmigrantes con antecedentes penales y activar un procedimiento sumarísimo para la expulsión de los extranjeros involucrados en hechos delictivos, todo ello con arreglo al artículo 22, inciso 3, de la Convención Americana de Derechos Humanos, que establece que el ejercicio del derecho de circulación y residencia “no puede ser restringido sino en virtud de una ley, indispensable en una sociedad democrática para prevenir infracciones penales, para proteger la seguridad nacional, el orden público, la moral, la salud pública o los derechos y libertades de los demás”. Una pauta más que razonable.
En ese contexto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos definió que la política migratoria de un Estado está constituida por todo acto, o medida institucional que versa sobre la entrada, la salida o la permanencia de población nacional o extranjera dentro de su territorio. Agregando que dicha facultad es potestad del Estado nacional, confirmando con que estos cuentan con un ámbito de discrecionalidad para fijar las políticas migratorias.
La ley migratoria debe posibilitar la expulsión sin demora de aquellos que poseen condenas o frondosos prontuarios en el país o en el exterior y, para ello, no solo debe ser actualizada sino que también debe ser aplicada. En 2015, la Dirección Nacional de Migraciones dictó 1500 expulsiones de las cuales solo se efectivizaron cuatro. El proceso para expulsar a una persona extranjera que comete un delito puede demorar hasta siete años. Los datos muestran a las claras la necesidad de simplificar y agilizar estos procesos.
Los países vecinos exponen una realidad diametralmente opuesta a la nuestra. Chile, por ejemplo, está expulsando un promedio de 1237 extranjeros por año y aspiran a expulsar dos mil; en Bolivia alcanza con una resolución administrativa para ser expulsado del territorio.
La lucha contra el narcotráfico y el crimen organizado, pilares ineludibles de la gestión de Patricia Bullrich, al frente del Ministerio de Seguridad, enmarcan esta iniciativa que pretende atacar el delito desde la raíz. Una vez más: la cruzada no es contra los extranjeros, es contra la delincuencia cualquiera sea su procedencia.
No dejar ingresar a aquellos que vienen con el fin de cometer ilícitos, exigir el cumplimiento íntegro de las condenas si cometen delitos graves para posteriormente expulsarlos o inmediatamente hacerlo si el delito no prevé pena privativa de la libertad, implica cuidar a los argentinos y a todos aquellos inmigrantes que con dignidad y esfuerzo vienen a realizar su plan de vida en estas latitudes.
Aceptar este desafío supone integrarnos al mundo de manera inteligente, respetando los estándares internacionales en la materia. Tenemos la oportunidad de hacer un país más plural, equitativo y seguro para todos los que habitan y deseen habitar el suelo argentino.
El autor es diputado nacional (Cambiemos) y vicepresidente segundo de la Cámara de Diputados.
FUENTE: INFOBAE NOTICIAS
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