Incorporación de comités de autodefensa y desarrollo rural en el sistema de seguridad ciudadana: una alteración al orden constitucional

Comités de autodefensa y desarrollo rural
Foto: Andina.

Este jueves se publicó en el diario El Peruano la Ley que reconoce a los comités de autodefensa y desarrollo rural (CAD) y los incorpora en el sistema de seguridad ciudadana. La promulgación de esta norma le ofrece una serie de atribuciones a estas organizaciones para ejercer el control del orden social junto a la Policía Nacional y Fuerzas Armadas. Según especialistas consultados por Infobae, se trata de una iniciativa legislativa inconstitucional.

El Perú cuenta con dos entidades encargadas de garantizar el orden interno reconocidas constitucionalmente. Para la incorporación de una organización adicional, es necesario realizar una modificación a los artículos de la Constitución que refieren ello.

La Constitución Política del Perú precisa que la institución encargada de garantizar, mantener y restablecer el orden interno es la Policía Nacional. En el caso de la implementación de un Estado de Emergencia o sitio, también pueden asumir este rol las Fuerzas Armadas, según el artículo 165 de la Carta Magna.

“La Policía Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras”, indica el artículo 166 de la Constitución.

El abogado constitucionalista Erick Urbina explicó a Infobae que la ley que incluye a los Comités de autodefensa y desarrollo rural en el Sistema de Seguridad Ciudadana contraviene este principio constitucional.

“La Constitución peruana establece que el orden público es custodiado por la Policía Nacional del Perú. No se reconoce ningún otro tipo de institución o instancia, a no ser las rondas campesinas en la Jurisdicción, pero no en las ciudades”, afirmó.

La norma aprobada por el Congreso también permite a los CAD actuar en zonas urbanas durante un Estado de Emergencia. Hasta la fecha, el reconocimiento constitucional de las funciones jurisdiccionales de grupos de Comunidades Campesinas y Nativas se desarrolla solo dentro de su ámbito territorial.

“Las autoridades de las Comunidades Campesinas y Nativas y las Rondas Campesinas, pueden ejercer las funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial de conformidad con el derecho consuetudinario, siempre que no violen los derechos fundamentales de la persona”, señala el artículo 149 de la Constitución Política del Perú.

Urbina, experto en leyes, dijo que para crear una organización que actúe sobre el control interno a nivel nacional no se requiere una ley, sino una reforma constitucional. “Para crear otro tipo de institución gente paralelo a la Policía Nacional del Perú tendría que primero ser aprobado por una reforma constitucional. Una ley no basta. Eso es inconstitucional”, precisó.

¿ESTA MEDIDA FORTALECE EL SISTEMA DE SEGURIDAD NACIONAL?

La norma indica que esta iniciativa tiene como finalidad “apoyar” a la Policía Nacional y a las Fuerzas Armadas “en las tareas de pacificación y seguridad”. También tienen como objetivo desarrollar actividades orientadas al “mantenimiento del orden interno y defensa nacional”.

Fuerzas Armadas Perú.
Foto: Andina.

En diálogo con Infobae, Ricardo Valdés, exviceministro del Interior, aseguró que esta medida no va de acorde al objetivo de fortalecer la seguridad nacional. Por el contrario, puede promover el incremento de violencia entre comunidades, pues uno de los atributos que la promulgación de esta ley otorga a los CAD es el permiso de portar armas.

Valdés dijo que esta decisión representa un alto nivel de desconocimiento de la realidad nacional y los conflictos que existen entre las comunidades del país. “Hay organizaciones Comunales que se encuentran tremendamente activas en una conexión con las economías ilegales como el contrabando en la zona sur del país. Como la mayoría ilegal en todo el país”, manifestó.

El exfuncionario hizo énfasis en el uso de armas para el control del orden social. Según mencionó, anteriormente se han presentado propuestas para dotar de armamento al personal de serenazgo y fortalecer la lucha contra la inseguridad, pero esta fue rechazada.

“La ley establece la posibilidad de conformar un comité de autodefensa, no solamente en la zona de emergencia […] se establece el registro como persona jurídica susceptible de recibir donaciones y dinero. Eso no lo tienen ni siquiera los serenazgos, puesto que esto se ha discutido mil veces. Hasta se ha pensado en la posibilidad de portar armas llamadas no letales y eso ha sido negado”, dijo.

RECHAZARON ANTERIORMENTE ESTA NORMA

En el año 2021, el Congreso aprobó la participación Comités de Autodefensa y Desarrollo Rural (CAD) en el sistema de seguridad ciudadana. Esta decisión legislativa tuvo un gran rechazo de parte de comunidades campesinas e indígenas, quienes se pronunciaron en contra de esta norma y advirtieron sobre sus efectos.

El presidente de la Confederación Nacional Agracia (CNA) mediante un comunicado expresó su preocupación ante la posible creación de grupos paramilitares e incremento en los altos índices de violencia como resultado de la implementación de esta norma.

“Se estaría abriendo paso a la violencia y derramamiento de sangre. No queremos enfrentamientos entre nuestros hermanos y hermanas. No estamos de acuerdo que exista un paralelismo a las rondas campesinas, ni tampoco con las comunidades campesinas y nativas. Experiencias previas nos han demostrado que bajo el pretexto de ‘luchar contra el terrorismo’, ‘restablecer el orden’ y ‘velar por la seguridad’, se incurre en persecución y hostigamiento a nuestros hermanos y hermanas”, enfatizó.

Asimismo, la organización señaló que la implementación de esta medida no fue consultada ante los pueblos indígenas. La CNA pidió a la Defensoría del Pueblo manifestarse a favor de la democracia, la paz y derechos de los miembros de los pueblos originarios que podrían verse afectados por las consecuencias de esta norma.

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