
Entramos en diciembre, mes que es sinónimo de navidad y también de gratificación. Y si eres trabajador del sector privado y tienes dudas sobre si recibirás este beneficio, puedes leer este artículo para conocer cuándo y cuánto te corresponde de este derecho laboral.
Este próximo 15 de diciembre vence el plazo para que los empleadores realicen el pago de las gratificaciones por navidad, conforme a la normativa laboral peruana.
Es necesario que sepas que el monto de este beneficio social equivale a una remuneración mensual para los trabajadores de las empresas regulares y a media remuneración mensual para los trabajadores de las pequeñas y medianas empresas (pymes).
Serán más de cuatro millones los trabajadores en planilla del sector privado en el Perú que se beneficiarán de esta gratificación por navidad. Sin embargo, gran parte de ellos no conoce como sacarle el máximo provecho financiero a este importante monto.
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“Lo primero que tiene que hacer el trabajador que reciba su grati y la junte con su CTS es pagar las deudas atrasadas que registre, pues ello le permitirá mejorar su historial creditico en Infocorp y así lograr un mejor acceso al crédito”, recomendó el economista Jorge González Izquierdo.
Conforme a la Ley de Gratificaciones N° 27735, el trabajador de la actividad privada deberá percibir en diciembre del 2022 un sueldo íntegro por concepto de gratificaciones, siempre que haya laborado el semestre completo de julio a diciembre del 2022.
“Sobre ese monto debe percibir una bonificación extraordinaria del 9%. Estos dos conceptos deben de figurar en la planilla electrónica de diciembre”, informó el gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima, Álvaro Gálvez.
Para el caso de trabajadores afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS), la CCL refiere que la bonificación extraordinaria es 6.75% del monto de la gratificación.
¿Cuándo depositan gratificación 2022 de diciembre?
Las empresas deben depositar la gratificación hasta el 15 de diciembre, de acuerdo con el artículo 5 de la Ley sobre gratificaciones (Ley 27735). Este es el segundo beneficio económico regulado por ley y otorgado a los trabajadores del régimen laboral privado.

¿Cuánto es la gratificación de un sueldo mínimo?
La gratificación es un beneficio social regulado por la Ley 27735. Equivale a 1 sueldo adicional si el trabajador ha laborado 1 semestre completo: del 1 de enero al 30 de junio y del 1 de julio al 31 de diciembre. Si gana el sueldo mínimo S/ 1.025, puede recibir el mismo equivalente por una gratificación, pero dependiendo del tipo de empresa.
¿Cuánto me corresponde de gratificación si tengo 1 mes trabajando?
Si la persona trabajó solo 1 mes durante ese semestre, no recibirá la gratificación completa, como sí lo harán los que están en planilla desde el 01/01/22. En tal caso, el monto del pago será de 1/6 de la remuneración computable por el mes laborado.
¿Qué pasa si no se paga la gratificación legal?
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) indica que el incumplimiento de pago de este beneficio laboral está tipificado como una infracción grave. Para una pequeña empresa la multa puede llegar a ser de hasta S/ 20.700, mientras que en las medianas y grandes empresas la sanción es de hasta S/ 120.152.
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Si no te ha pagado tu gratificación, puedes interponer tu denuncia que se tramita de forma sencilla mediante el aplicativo web: denunciassunafil. Estas denuncias son de carácter reservado por parte de Sunafil, es decir, el empleador no va a saber quién lo denunció. Al corroborarse que el trabajador no percibió gratificación, Sunafil ordenará de inmediato el pago íntegro de la misma.
¿Qué tipo de empresas no pagan gratificaciones?
Según el portal Actualidad Gubernamental precisa quienes no reciben gratificación son los trabajadores que hayan laborado menos de un mes entre enero y junio del presente año. Los trabajadores del sector público reciben un aguinaldo. Esta cifra fue establecida por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Asimismo, los que laboran en la microempresa, independientes e informales, tampoco no reciben gratificación. Cabe precisar que los trabajadores independientes (no sujetos a subordinación laboral con la empresa), no perciben la gratificación por cuanto no son trabajadores de planilla; pues, están regulados por el Código Civil – locación de servicios.
¿Quién recibe gratificación?
Según la ley, los trabajadores que reciben este beneficio son aquellos que laboran para una empresa privada (con algunas excepciones en el sector público) bajo cualquier modalidad de contrato, que puede ser: un contrato de trabajo a plazo fijo o parcial, que incluso mantengan jornadas laborales de menos de 4 horas diarias, indicó el portal linkea tu abogado.
Para que el trabajador pueda recibir las gratificaciones, deberá contar con 1 mes de servicios como mínimo antes del mes en que corresponde efectuar el pago de la gratificación respectiva.
Además, el trabajador deberá mantenerse trabajando durante el mes en el que se brinda este beneficio (julio o diciembre de cada año), o haciendo uso de sus vacaciones, descanso médico, licencia con goce de haber y otros días considerados como laborados para todo efecto legal.
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Despido y gratificación trunca
Si el trabajador fue despedido, es importante saber que tiene derecho a percibir las gratificaciones truncas que se generen al momento del cese, siempre que el mismo hubiese trabajado como mínimo 1 mes en el semestre respectivo (enero-junio, julio-diciembre).
El monto de la gratificación trunca se determina de manera proporcional a los meses completos laborados en el periodo en que se produzca el cese.
¿Qué tipo de gratificaciones existen?
De acuerdo al portal La Ley, existen la gratificación ordinaria y la gratificación trunca.
1.- Gratificación ordinaria es la que se percibe cuando el trabajador se encuentra con relación vigente en la oportunidad de pago (primera quincena de julio o diciembre). Estas pueden ser de dos tipos:
– Ordinaria completa: cuándo el trabajador ha laborado todo el semestre
– Ordinaria proporcional: cuando el trabajador no ha laborado todo el semestre.
2.- Gratificación trunca es la que se percibe cuando el trabajador cesa antes de la oportunidad de pago (primera quincena de julio o diciembre).
Y ¿Cómo se calcula la gratificación?
La gratificación ordinaria se paga por meses y días laborados en el semestre.
Por cada mes: 1/6 de remuneración computable.
Por cada día: 1/30 de 1/6 de remuneración computable.
La gratificación trunca se paga solo por mes calendario completo laborado en el período.
Por cada mes: 1/6 de remuneración computable.

¿Cuál es la diferencia entre gratificación y aguinaldo?
Llega diciembre y con ello la entrega de la gratificación y el aguinaldo correspondiente a la segunda mitad del año. Ante ello, es necesario que sepas diferenciar los términos de estos beneficios laborales.
El aguinaldo es un beneficio laboral parecido al de los trabajadores del sector privado, quienes reciben la gratificación, pero que está destinado al sector público, por lo que esta bonificación la reciben los funcionarios públicos y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276 y la Ley N° 29944.
En tanto, la gratificación es un monto que se le otorga en diciembre al trabajador del régimen laboral privado y algunos del sector público que estén en planilla, la cual equivale a una remuneración completa, siempre y cuando el trabajador haya laborado el semestre completo. En caso contrario este requisito, solo recibe una fracción del total.
Cómo se debe usar la gratificación
Este dinero extra podría ser usado de manera adecuada para poder evitar futuros problemas financieros. La recomendación del economista Jorge González Izquierdo es usar este dinero para pagar deudas atrasadas debe ser prioridad. En caso de estar al día, se puede prepagar una deuda para evitar pagar intereses en exceso. Otra recomendación es gastar un parte por fiestas, pero siempre se debe guardar un porcentaje para ahorrar.
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