Tan pronto como empieza el segundo semestre del año llega el momento de pensar en que hay que presentar la declaración de renta ante la Dian, por el año gravable inmediatamente anterior en este caso el 2020. Este año, el tiempo para poder hacer la rendición es desde el próximo 10 de agosto hasta el 20 de octubre. De acuerdo con Portafolio, el día hasta el que tiene plazo para cumplir con esto dependerá de los últimos 2 dígitos de su Número de Identificación Tributaria (NIT), que normalmente corresponde a los de su documento de identidad.
La Dian, como es habitual, dispuso en su sitio web www.dian.gov.co una serie de herramientas para facilitar el diligenciamiento, la presentación y el pago de la Declaración de Renta a través de Autogestión como el Micrositio Renta Personas Naturales Año Gravable 2020, en el que el usuario podrá consultar:
- El Programa Ayuda Renta 2020,
- Las declaraciones sugeridas
- El Abecé de Renta
Esto con el fin de que los colombianos vayan alistando los papeles que, por regla, se deben tener a la mano para declarar renta y, si le corresponde, pagar ese impuesto como persona natural. Es importante que las personas que deban hacer el proceso tengan en cuenta que declarar renta no quiere decir que deba pagar.
El pago se define con los resultados que se obtengan de la declaración, de ser así, los ciudadanos deben contemplar es la Unidad de Valor Tributario (UVT), que fue de $35.607 en 2020 y que es la base para las condiciones de quienes deben declarar renta.
¿Quiénes deben hacer el proceso?
De acuerdo con la ley, las personas que deben hacer la declaración son las que cumplen con alguno de los siguientes puntos:
- Tener un patrimonio bruto superior a 4500 UVT ($160.232.000) a 31 de diciembre de 2020.
- Haber obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 1400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.
- Haber realizado consumos mediante tarjeta de crédito superiores a 1400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.
- Haber realizado compras y consumos totales superiores a mil cuatrocientas 1400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.
- Haber recibido consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a mil cuatrocientas 1400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.
- Ser responsable del IVA al cierre del año gravable 2020.
¿Qué necesita?
Para la declaración de renta del año gravable 2020 debe estar inscrito en el RUT y actualizar la información de ser necesario, tener una cuenta de usuario en la Dian y tener firma electrónica.
Pero como aún siguen vigentes algunas deducciones, será importante tener a la mano otros papeles como: certificado de pagos de intereses por préstamos para adquisición de vivienda; certificados por pagos de salud y educación; pago de impuesto predial; certificaciones bancarias con los ingresos que tenía en su cuenta hasta el 31 de diciembre de 2020, principalmente.
Fechas
Como mencionamos, el vencimiento inicia el 10 de agosto y terminará el 20 de octubre, por lo que cada día se debe tener en cuenta los dos últimos dígitos del NIT para saber hasta cuándo tiene plazo.
El 10 de agosto iniciarán los que terminen en 01 y 02, el 11 los que terminen en 03 y 04, el 12 los de 05 y 06 y así sucesivamente, hasta que el 20 de octubre los últimos sean 99 y 00.
SEGUIR LEYENDO
Procuraduría solicita al gobierno que vele por los derechos de los ciudadanos durante las protestas
Sé el primero en comentar en"Fechas de declaración de renta 2021: cómo, cuándo y dónde hacerla"