Excomandante de la Brigada 11 fue condenado a más de 30 años de cárcel por la masacre de 24 personas

El Tribunal Superior de Buga emitió una sentencia de 150 páginas en la que condena al coronel en retiro Jorge Alberto Amor Páez a 31 años y 11 meses de prisión - crédito Europa Press/Contacto/Chepa Beltran
El Tribunal Superior de Buga emitió una sentencia de 150 páginas en la que condena al coronel en retiro Jorge Alberto Amor Páez a 31 años y 11 meses de prisión – crédito Europa Press/Contacto/Chepa Beltran (Europa Press/Contacto/Chepa Belt/)

El Tribunal Superior de Buga condenó al coronel en retiro Jorge Alberto Amor Páez a 31 años y 11 meses de prisión, como responsable de la masacre perpetrada por grupos paramilitares en el corregimiento de Alaska, en Buga (Valle del Cauca) en 2001.

En la masacre 24 hombres fueron asesinadas, en un acto que ha marcado la memoria del municipio y sus habitantes. El coronel Amor sobre este caso no podrá pedir prisión domiciliaria.

En relación con la masacre ocurrida en Buga, tres exjefes paramilitares del bloque Calima de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) han confesado su participación y mencionaron al coronel Jorge Alberto Amor Páez, comandante del Batallón Palacé en aquel entonces. A pesar de ser absuelto inicialmente el 27 de octubre de 2022 por el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Buga, el Tribunal Superior de este municipio revocó la decisión en segunda instancia, condenando al coronel por omisión impropia al delito de homicidio en persona protegida.

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En cuanto a la masacre en cuestión de acuerdo con la acusación presentada por la Fiscalía, hechos atroces sacudieron los corregimientos de La Habana, Alaska y La Magdalena en Buga, Valle del Cauca, el 10 de octubre de 2001. Un grupo de paramilitares obligó a la comunidad a reunirse, donde posteriormente procedieron a separar a los hombres de las mujeres y niños. Los 24 hombres reunidos fueron ejecutados tras ser acusados de colaborar con grupos insurgentes de la región.

Este no es el único caso de este tipo en el que se vio involucrado, pues el 19 de octubre, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) resolvió negar la petición del coronel en retiro Jorge Alberto Amor de anular la imputación de cargos que el tribunal de paz le formuló. Dentro de los delitos por los cuales se le atribuye responsabilidad penal en calidad de coautor, se encuentran la desaparición forzada y el homicidio de persona protegida, considerados crímenes de guerra, así como el asesinato calificado como crimen de lesa humanidad por los casos conocidos como “falsos positivos” en Dabeiba.

Jorge Alberto Amor Páez  también está vinculado a casos de "falsos positivos" en Dabeiba Antioquia - crédito EFE/Carlos Ortega
Jorge Alberto Amor Páez también está vinculado a casos de “falsos positivos” en Dabeiba Antioquia – crédito EFE/Carlos Ortega
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La reciente sentencia de lo ocurrido en el Valle del Cauca por su parte expone que previo a la masacre en los corregimientos de La Habana, Alaska y La Magdalena, la presencia de la Fuerza Pública había disminuido por decisión del entonces Comandante del Batallón de Artillería #3 Batalla de Palacé de Buga, el coronel Jorge Alberto Amor Páez.

Él, según lo consignado en los descargos, omitió tomar medidas de precaución a pesar de los indicios crecientes de actividad paramilitar en la región, incluyendo un retén ilegal efectuado por estos grupos armados el 30 de septiembre y las sucesivas alertas levantadas el 3 de octubre de 2001. Su inacción frente a tales advertencias queda plasmada en el documento judicial.

La justicia determinó que el oficial incumplió de manera evidente con su deber de implementar acciones para proteger a la población civil, una obligación inherente a su cargo. Esta falta de acción por parte del coronel Jorge Alberto Amor Páez fue reconocida como un factor que facilitó y permitió que los paramilitares llevaran a cabo el ataque en el cual masacraron a 24 civiles.

Las víctimas exigieron a los militares comparecientes ante la JEP más verdad en los 'falsos positivos' cometidos en el batallón La Popa durante 2002 y 2005.
FOTO: vía YouTube (JEP Colombia)
Jorge Amor había pedido la nulidad en el proceso argumentando falta de garantías, injurias en su contra y negando su responsabilidad en los hechos. Esto en el caso de falsos positivos en Dabeiba – crédito vía YouTube (JEP Colombia)

Con respecto a la decisión el Tribunal Superior de Buga dijo lo siguiente: “Como no lo hizo, estando en posibilidad de hacerlo, o sea, proteger a la población civil, sobrevino la masacre de esas 24 personas, a quienes sus asesinos encontraron totalmente desprotegidas e indefensas”. Además no le concedió a Amor Paéz la prisión domiciliaria ni la suspensión de la pena razón por la cual se ordenó la captura del exmiembro de la Fuerza Pública.


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