La Corte Constitucional dejó en firme una millonaria indemnización que le ordenó la Subsección B de la Sección Tercera del Consejo de Estado en 2020 al Estado colombiano, a favor de 11 mujeres que durante 2012 y 2013 denunciaron haber estado recluidas en la cárcel El Cunduy, en Florencia, Caquetá, con un hacinamiento que superaba el 500%.
“En sentencia del 20 de noviembre de 2020, la Subsección B de la Sección Tercera del Consejo de Estado condenó a las entidades accionadas, entre otras cosas, al pago de una indemnización por perjuicios y tasó el daño sufrido por la población de internas en 18.371 SMLMV”, se leía en la sentencia de la alta Corte.
Lo anterior significa que, el Ministerio de Justicia, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) y la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec) deberán pagar un poco más de $10.300 millones, así lo dio a conocer el diario El Espectador.
Y es que, de acuerdo con el relato de las internas, el centro penitenciario no solo no tenía un patio interno, sino tampoco un área para que ellas pudieran alimentarse, además de que de las tres baterias sanitarias que tenían disponibles, solo dos funcionaban.
Debido a que solo tenían dos baños a su disposición, las reclusas señalaban que el uso del servicio se tornaba complejo no solo por el tiempo que debían esperar para usarlo, sino especialmente, cuando se presentaban casos de diarrea y vómito.
A lo anterior se le sumaba que en los dormitorios llegaban a dormir 16 internas, muchas de las cuales lo hacían en colchonetas que debían ubicarse en el piso. Además, solo habían dos espacios adecuados para las duchas.
En el texto las reclusas concluyeron que el Estado violó no solo sus derechos a la vida, dignidad, salud, ambiente sano e integridad personal, como resultado del hacinamiento, sino que también les generó un trato cruel, inhumano y degradante, y que causa sufrimiento moral, aflicción y tristeza, así lo conoció el diario El Espectador.
Bajo los argumentos anteriores, la Corte Constitucional señaló que, “en situaciones como estas, donde se evidencien violaciones masivas de derechos humanos, los jueces deberán analizar la causa y examinar si procede flexibilizar el análisis de las reglas en materia probatoria”.
En ese sentido, la alta corte dejó en firme la “decisión del Consejo de Estado que declaró la responsabilidad del Minjusticia, del INPEC y la USPEC por los daños a la dignidad e integridad que experimentaron las mujeres recluidas en el pabellón femenino del EPCMS El Cunduy (Florencia, Caquetá), a causa de las condiciones inhumanas de su reclusión”.
La decisión de la Corte Constitucional se da a conocer a tan solo días de que la Procuraduría General de la Nación anunciara la apertura de una investigación en contra de las alcaldías de Sincelejo, Coveñas, Santiago de Tolú, Toluviejo, Morroa, San Antonio de Palmito, Los palmitos, San Juan de Betulia y San Onofre, del departamento de Sucre, por el hacinamiento en centros de detención transitoria y estaciones de policía.
“El ente de control investiga un presunto incumplimiento de las obligaciones legales establecidas en los artículos 17 y 19 de la Ley 65 de 1993, a cargo de los entes territoriales para la atención de PPL en condición de sindicados, y de las ordenes impartidas por la Corte Constitucional en la primera fase del plan de acción establecido en la sentencia SU-122 de 2022.”, informó el Ministerio Público.
Ante la grave situación de hacinamiento que la Procuraduría General de la Nación evidenció en las inspecciones, estaciones, subestaciones de policía y Unidades de Reacción Inmediata (URI) de estos municipios, el Ministerio Público solicitó a los respectivos servidores públicos las pruebas pertinentes para establecer las acciones que han adelantado en dichos municipios frente a esos hechos.
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