Elecciones 28M: ¿a partir de qué hora se puede votar? Este es el horario de apertura de los colegios electorales

Sobres de votación para las elecciones municipales (Europa Press/María José López)
Sobres de votación para las elecciones municipales (Europa Press/María José López) (MARÍA JOSÉ LÓPEZ/EUROPA PRESS/)

Los españoles viven hoy una nueva jornada electoral en la que escogerán a sus gobernantes autonómicos y muinicipales para los próximos cuatro años. A lo largo de, como mínimo, 11 horas los ciudadanos podrán acercarse a los colegios electorales para depositar los sobres con su decisión. Si bien los centros de votación abren sus puertas a partir de las ocho de la mañana, la primera hora está destinada a la conformación de las mesas electorales, en la que aquellos que hayan salido sorteados para ser autoridades de mesa deben verificar que no haya ningún problema con el material necesario para llevar adelante los comicios, así como acreditar interventores y apoderados de las distitnas formaciones políticas.

De esta manera, los ciudadanos pueden comenzar a votar a partir de las nueve de la mañana, momento en que las mesas ya tienen que estar correctamente conformadas y preparadas para recibir a las personas y sus votos. A diferencia de los comicios que tuvieron lugar durante los peores meses de la pandemia, en esta oportunidad no habrá franjas horarias diferenciadas de acuerdo a la edad para asistir a depositar el voto, por lo que los ciudadanos puedes acercarse en el momento que lo deseen hasta las 20 horas.

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Posibilidad de votar más allá de las 20 horas

Ese es el horario límite señalado para poder votar, sin embargo en más de una oportunidad los centros de votación continúan abiertos pasada esa hora. Si llegado el horario de cierre aún hay gente dentro del colegio electoral o incluso en su acceso, las autoridades deben permitir a esos ciudadanos cumplir con su derecho al voto.

De igual manera, en más de una oportunidad los locales deben extender su horario como consecuencia de haber comenzado más tarde de lo estipulado la jornada, normalmente por la incapacidad de conformar las mesas a tiempo ante la ausencia de sus autoridades como también de las personas seleccionadas para suplantarlas.

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Asimismo, los locales pueden extender el horario de votación cuando este haya sufrido alguna incidencia que hubiese causado la interrupción del proceso, como puede ser, por ejemplo, la falta de papeletas de alguno de los partidos que se presentan a las elecciones. En estos casos, el cese de los comicios no puede sobrepasar los 60 minutos y las autoridades de mesa están obligadas a demorar el escrutinio para compensar el tiempo perdido.

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