El comienzo del fin de los feudalismos provinciales

Sergio Uñac
La Corte Suprema le impidió a Sergio Uñac ir por una nueva reelección

El kirchnerismo, como era previsible, salió a criticar duramente el reciente fallo de la Corte Suprema que inhabilita al gobernador Sergio Uñac a postularse para la reelección como gobernador de la provincia de San Juan, sosteniendo que es una grave vulneración de la democracia y el federalismo. Por supuesto, son argumentos, por llamarlos de alguna forma, de una enorme orfandad intelectual.

La decisión de la Corte es jurídicamente impecable. Determina, con todo fundamento, que interpretar que la prohibición de la constitución provincial de que el gobernador y el vicegobernador puedan ser reelectos por más de tres periodos sólo se aplica separadamente a cada uno de esos cargos violaría el propósito de los constituyentes de promover la alternancia.

El artículo 175 de la Constitución provincial dispone: “El Gobernador y el Vicegobernador duran 4 años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos consecutivamente hasta 2 veces”. Con la interpretación favorable a la reelección, Uñac podría ser gobernador o vice ininterrumpidamente toda su vida. Es cierto que se trata de funciones distintas, pero no hay que escarbar mucho en nuestra historia, y en particular en la de muchas provincias, para saber que con ese recurso los motivos que justificaron la limitación de las reelecciones quedarían burlados. De ahí que se estaría afectando el principio republicano de gobierno.

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En cuanto a la supuesta vulneración de la democracia, ocurre lo opuesto: el fallo la preserva. La democracia absoluta o ilimitada es tan funesta como una dictadura. Por eso el constitucionalismo la limita, sujetándola a normas que las mayorías circunstanciales no puedan pasar por alto. Entenderlo de otro modo equivaldría a decir que las constituciones carecen de sentido.

Sí, el pueblo se limita a sí mismo. No hay mayor garantía de la vigencia de la libertad y de los derechos.

Con relación al federalismo, este se ejerce en el marco de la República. Las provincias gozan de amplia autonomía, pero no son soberanas. El federalismo debe ser compatibilizado con los principios fundamentales de la Constitución Nacional, entre los que ocupa un lugar eminente el republicano.

Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti
Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, los jueces de la Corte que fallaron en el caso San Juan

La invocación del federalismo ha sido siempre la excusa hipócrita de los señores feudales de algunas provincias para eternizarse en el poder.

En su voto concurrente, el juez Carlos Rosenkrantz va más allá de los fundamentos de sus colegas Maqueda y Rosatti, para desarrollar extensamente las razones por las cuales las reelecciones ilimitadas no son tolerables en un sistema republicano. En uno de sus considerandos más elocuentes, recuerda una reciente opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre las reelecciones y señala: “Que, finalmente, no puede dejar de señalarse que, llegado cierto punto, la reelección para sucesivos mandatos de una persona en el ejercicio de un cargo público de la naturaleza de la gobernación o vicegobernación “conlleva el riesgo de que el pueblo deje de ser debidamente representado por sus elegidos y que el sistema de gobierno se asemeje más a una autocracia que a una democracia” (OC 28/21, párrafo 73), lo que resulta abiertamente contrario al sistema republicano de gobierno que las provincias deben respetar”.

El kirchnerismo sumará la crítica a este saludable fallo para la República a su penosa puesta en escena del juicio político que le sigue a la Corte Suprema. Será una anécdota más en el camino de su inexorable decadencia. Mientras tanto, el más alto tribunal de la Argentina no solo ha resuelto un conflicto: ha cumplido cabalmente su misión de custodiar la Constitución y le ha brindado a toda la sociedad un saludable menaje institucional que abre nuevas esperanzas sobre nuestro futuro.

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