DyJ pide el embargo de los bienes de los cuatro jefes de ETA procesados por el asesinato de Miguel Ángel Blanco

La asociación Dignidad y Justicia (DyJ) ha reclamado al juez de la Audiencia Nacional que instruye la causa contra la excúpula de ETA por su responsabilidad en el secuestro y asesinato del concejal del PP de Ermua Miguel Ángel Blanco en 1997 que embargue los bienes de los cuatro exjefes procesados dado que no han consignado en plazo la fianza impuesta de dos millones de euros.

Así consta en un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que la asociación presidida por Luis Portero explica que “transcurrido el tiempo señalado sin que por parte de los procesados se haya prestado la fianza requerida (…) se proceda al embargo de los bienes de los procesados, requiriéndoles para que señalen los suficientes a cubrir la cantidad señalada”.

Fue el pasado 25 de abril cuando el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6, Manuel García Castellón, procesó a los exmiembros del Comité Ejecutivo de ETA José Javier Arizcuren Ruiz, alias ‘Kantauri’, Mikel Albisu Iriarte, ‘Mikel Antza’, María Soledad Iparraguirre, ‘Anboto’, e Ignacio de Gracia Arregui, ‘Iñaki de Rentería’, al considerar que se dieron en ese caso los requisitos de la autoría mediata por dominio de la organización.

En concreto, su procesamiento fue por los delitos de secuestro y asesinato terrorista con el agravante de alevosía, y señalaba el magistrado que podían haber impedido el asesinato de Blanco y no lo hicieron, lo que evidencia “una voluntad inequívoca en la producción del resultado”. En ese mismo auto García Castellón les imponía el pago de una fianza solidaria de 2 millones de euros para hacer frente a las posibles responsabilidades civiles que se les pudieran imponer en caso de condena.

Ahora, y transcurrido el plazo para consignar esa cantidad, Dignidad y Justicia pide al juez que libre oficio a la Oficina de Averiguación Patrimonial a través del Punto Neutro Judicial para que éste informe de si cada uno de los procesados figuran como contribuyentes por algún concepto y si son titulares de bienes muebles o inmuebles.

UNA BANDA “JERARQUIZADA” CON “RÍGIDA DISCIPLINA”

En la resolución del magistrado se analizaba la actuación de ETA desde sus comienzos en los años 70 y se explicaba que se trataba de una organización terrorista “fuertemente jerarquizada” en la que imperaba una “rígida disciplina”, con una cadena de mando de tipo vertical y “militar” en la que las órdenes emanadas desde su Comité Ejecutivo llegaban a los integrantes de los comandos operativos de la organización terrorista para ser cumplidas.

Cada miembro de un comando o de cualquier estructura, señalaba el juez, “obedecía las órdenes que le transmitía su enlace o responsable directo porque sabía que detrás de esa orden estaba la ‘Dirección’ de ETA, su Comité Ejecutivo”.

Era el núcleo de dirección de ETA el que adoptaba, según el magistrado, las decisiones estratégicas de especial y mayor relevancia que los integrantes de los comandos ejecutaban sin formular objeción. Añadía que, en el caso de que alguno de los integrantes de esos comandos no estuviese de acuerdo con las órdenes o instrucciones recibidas, era reemplazado por otro militante dispuesto a cumplir con las instrucciones de la estructura dirigente.


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