La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) respondió al presidente Gustavo Petro sobre las declaraciones enviadas, a través de una carta a la Organización de Naciones Unidas (ONU), en donde se refirió a las funciones del organismo de justicia transicional.
Uno de los puntos que llama la atención en la misiva enviada por el jefe de Estado es que este mencionó que la JEP deberá aplicar “el mandato universal y garantista de la favorabilidad penal”, y agregó que “deberá proceder de manera preferente y rápida a aplicar el derecho a la amnistía cuando haya lugar a ella en los términos pactados y al tenor del articulo 6(5) del Protocolo Adicional II a los Convenios de Ginebra de 1949.Po r ningún motivo podrá limitar o condicionar la JEP el derecho a la verdad (…) esquivarlo o eludirlo conllevaría responsabilidades”.
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En un comunicado oficial, el presidente de la JEP, magistrado Roberto Carlos Vidal, recordó al presidente Petro el fin con el que se creó el órgano judicial:
“El Acuerdo Final para la Construcción de una Paz Estable y Duradera creó un órgano judicial, la Jurisdicción Especial para La Paz (JEP), independiente de todos los poderes públicos. La JEP está encargada de investigar, juzgar y sancionar las graves violaciones a los derechos humanos y las graves infracciones al derecho internacional humanitario cometidas con ocasión del conflicto armado y ocurridas hasta el 1 de diciembre de 2016″.
Además, resaltó que la JEP ha actuado con total autonomía e independencia en sus decisiones para una efectiva construcción de paz en Colombia: “Desde sus inicios, la JEP ha tomado decisiones con absoluta independencia de todos los poderes públicos, únicamente sometida a los mandatos de la Constitución Política y a las normas que rigen el Estado de Derecho”.
Por ello, criticó que se esté controvirtiendo las funciones ejercidas por el tribunal de paz desde el Gobierno:
“El hecho de que la JEP haya sido creada en virtud del Acuerdo Final de Paz no les confiere tutoría alguna sobre su gestión a las partes firmantes del mismo. Por lo tanto, al Gobierno y a las extintas Farc-EP no les está permitido emitir órdenes y orientaciones sobre el sentido de las decisiones de la JEP.
Los ciudadanos, las instituciones y las personas sometidas a la JEP tienen distintos mecanismos para controvertir las decisiones de la jurisdicción, tal como lo contemplan las normas que regulan a la Jurisdicción Especial para la Paz y el ordenamiento constitucional colombiano.
Esas opciones siempre han estado abiertas. Esto es muy distinto a que una persona o institución ejerza tutoría sobre las decisiones y el funcionamiento de la Jurisdicción”.
Finalizó, diciendo: “Respetar el Acuerdo Final de Paz es también respetar la autonomía de la JEP”.
El viernes 20 de octubre de 2023, el Gobierno nacional hizo oficial su respeto a la integralidad de Acuerdo de Paz firmado en 2016 con la antigua guerrilla de las Farc.
A través de una carta enviada al secretario general de la ONU, Antonio Guterres, se comprometió a aplicar su obligación frente al acuerdo ante la comunidad internacional.
“El documento oficial S/2017/272 del Consejo de Seguridad que hace suyo el contenido del Acuerdo de Paz de la Habana hay que respetarlo integralmente. No cabe modificación alguna. El presidente Petro hace propia esa obligación asumida frente al Consejo de Seguridad y las naciones del mundo”, informó el presidente Gustavo Petro.
En su referencia a la JEP, el presidente también aseguró que: “Habrá un empeño adicional para que la Jurisdicción Especial para Paz (JEP) se consolide como modelo, referente, para y de todas las naciones del mundo. De allí que ponga el suscrito de presente que la JEP habrá de cumplir, sin dubitación alguna, con las normas que la crearon para garantizar la justicia (…) La JEP tendrá que tener en cuenta toda la Competencia Personal a ella asignada. Esta no podrá ser limitada ni condicionada”.
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