Dónde, cómo y cuándo pagar la tenencia vehicular

Los ciudadanos deben pagar hasta el 31 de marzo. Foto: Cuartoscuro.
Los ciudadanos deben pagar hasta el 31 de marzo. Foto: Cuartoscuro.

El tiempo de los ciudadanos para adquirir un auto en la Ciudad de México puede variar respecto a cada posición económica o utilidad que cada familia le da; sin embargo, siempre hay dudas sobre los pagos que se deben realizar para no tener problemas futuros al conducir, y uno de ellos es el pago de la tenencia.

Dicha aportación debe realizarse cada año y en este 2020, el conductor tiene hasta el 31 de marzo para ejecutar el pago de tenencia y con ello, obtener el subsidio fiscal.

La Secretaría de Administración y Finanzas afirmó que con la finalidad de apoyar la economía familiar, resulta necesario otorgar a las personas físicas o morales sin fines de lucro un estímulo fiscal, para impulsar a los contribuyentes al cumplimiento de sus obligaciones fiscales, por lo cual el Gobierno de la Ciudad de Méxicomantiene el subsidio del 100% de la tenencia.

La suma que se debe de pagar por la tenencia tiene relación con el precio del auto, marca, modelo y antigüedad. (Foto: Cuartoscuro).
La suma que se debe de pagar por la tenencia tiene relación con el precio del auto, marca, modelo y antigüedad. (Foto: Cuartoscuro).

Recalcó que para tener acceso a este importante beneficio fiscal deberán cumplir con los siguientes requisitos:

*No presentar adeudos de tenencia de ejercicios anteriores a 2020.

*Realizar el pago de refrendo a más tardar el 31 de marzo de 2020.

*Contar con Tarjeta de Circulación con Chip vigente o realizar el pago correspondiente a la renovación.

*Que el valor factura de su automóvil incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA), y una vez aplicado el valor de depreciación no exceda de $250,000.00.

¿En qué consiste el subsidio a la Tenencia 2020?

Si eres persona física y el vehículo tiene un valor factura menor a 400 mil pesos sin IVA para autos, y un valor factura menor a 115 mil pesos sin IVA para motocicletas, y se encuentra al corriente, o bien, adeuda el ejercicio fiscal 2019 y se pones al corriente, pagará sólo el refrendo.

Hay que tomar en cuenta que la suma que se debe de pagar por la tenencia tiene relación con el precio del auto o motocicleta, marca, modelo y antigüedad.

Sin embargo, la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México explicó que para exentar el pago de tenencia, el vehículo debe tener un valor mayor a 250,000 pesos y así solamente se pagará el refrendo vehicular.

El pago puede realizarse en cualquier banco vía presencial. (Foto: Especial)
El pago puede realizarse en cualquier banco vía presencial. (Foto: Especial)

Cómo realizar el pago

*Primero hay que acceder a la página de la Secretaría de Finanzas , la cual se puede consultar aquí: https://data.finanzas.cdmx.gob.mx/formato_lc/Front_ten/.

*Luego debes colocar el número de placa en el primer recuadro.

*Elegir el año que se quiere consultar.

*Dar click en el recuadro con la leyenda “No soy un robot”.

*Seleccionar después el botón consultar.

*Y finalmente saldrá la factura. Hasta abajo viene si se puede acceder al subsidio.

*También se puede pagar en los kioskos de la Tesorería, las cuales puedes consultar por vía Internet para saber cuál es la más cercana o en cualquier banco.

Las tiendas de autoservicio para realizar el pago son:

*Wal-Mart; Bodega Aurrera; Superama; Sam’s Club; Suburbia; Chedraui; El Palacio de Hierro; Farnacias del Ahorro; Super Farmacias; Farmacias Benavides; Seven eleven; Tiendas Extra; Punto Recarga; Círculo K, entre otros.

Por Internet también se puede realizar este movimiento, pero solamente se podrá con tarjeta de crédito. Visa y Mastercard aceptarán de débito pero únicamente el banco BBVA.

¿Cuándo no es procedente el subsidio a la Tenencia 2020?

*Cuando los pagos de derechos por servicios de control vehicular se realicen con posterioridad al 31 de marzo.

*Los vehículos que provengan de otra entidad.

*Los contribuyentes propietarios de vehículos de servicio particular con placas de circulación expedidas en el ejercicio fiscal 2013 y anteriores que no hayan cumplido con la obligación de realizar la renovación de placas durante el periodo de julio a diciembre del año 2019.

*Los contribuyentes que tengan adeudos del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos vigente en la entidad o de derechos de control vehicular de los ejercicios fiscales 2018 y anteriores.

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FUENTE: INFOBAE NOTICIAS

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