
Argumentando que el desabasto de medicamentos de las instituciones públicas de salud en México transgreden el derecho a la salud de las personas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que deben garantizarle el tratamiento a una persona con VIH/SIDA que se amparó por la falta de tratamiento.
La Primera Sala del máximo Tribunal del país, en sesión remota vía videoconferencia, concedió el amparo solicitado por la persona y ordenó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) “garantizar y proveer vitaliciamente al quejoso, sin interrupciones, los fármacos para su tratamiento antirretroviral”.
El IMSS deberá entregarle los medicamentos adecuados, ya sean originales o genéricos que conserven la biodisponibilidad y bioequivalencia de las sales originales para su efectividad. “Lo anterior, bajo el entendido de que, al carecer de los recursos necesarios para su entrega, debe de demostrar que ha realizado su mayor esfuerzo para utilizar la totalidad de los recursos que están a su disposición para lograr dicho abastecimiento”, indicó la SCJN.

Y es que la Corte concluyó que “la omisión de instituciones públicas de salud, de suministrar tratamiento antirretroviral sin interrupciones a pacientes con Virus de Inmunodeficiencia Humana – Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (VIH/SIDA), transgrede su derecho humano a la salud, en relación con la vida e integridad personal”.
“Esta Primera Sala comparte el criterio de la Segunda Sala de este Tribunal al reconocer la obligación del Estado evitar estas enfermedades en la medida de lo posible, así como de combatirlas”, precisa el proyecto aprobado este miércoles y que fue consultado por Infobae México.
El caso involucra a una persona con VIH/SIDA que promovió juicio de amparo indirecto en contra del Hospital General Regional Número 1, en Querétaro, que forma parte del IMS, ante la falta de suministro ininterrumpido de sus medicamentos antirretrovirales para el tratamiento de su enfermedad.
El Juez de Distrito sobreseyó el juicio, al considerar que no se acreditó la omisión reclamada. Inconforme con lo anterior, la persona interpuso recurso de revisión y solicitó a la Suprema Corte que se ocupara de su estudio, el cual fue atraído por la Primera Sala.

La Corte resolvió que el Hospital General fue omiso en el cumplimiento de diversas garantías propias del estándar de protección del derecho humano a la salud, tales como disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad.
La Primera Sala también resolvió que dicha omisión no sólo representa un peligro para la vida e integridad del quejoso, sino que también conlleva el incumplimiento de la obligación estatal de avanzar lo más expedita y eficaz posible hacia la realización del derecho a la salud, tomando en consideración el máximo de los recursos de que dispone.
Además, las autoridades sanitarias no demostraron haber adoptado las medidas necesarias para evitar ese incumplimiento, ni acreditó haber agotado todos los recursos con los que cuenta para garantizar el cumplimiento, esto en atención a la especial protección que merecen las personas que viven con VIH/SIDA.
“Es decir, el Estado se encuentra obligado al suministro del tratamiento de forma oportuna, permanente y constante; y, además, debe ser entregado tomando en cuenta el estado de salud del paciente, así como con sus requerimientos médicos y clínicos”, indica el proyecto aprobado.

En ese sentido, la Sala resaltó que el tratamiento antirretroviral debió haber sido suministrado al quejoso tomando en especial consideración que se trata de una persona infectada con VIH/SIDA, ya que el Estado debe procurar la garantía del tratamiento indispensable para el control de su sintomatología, así como para el control del deterioro de su integridad física y psíquica, esto, de forma ininterrumpida.
La Primera Sala resolvió, además del amparo 226/2020 en cuestión, otro amparo en revisión, el 227/2020, en la misma sesión de este miércoles y en términos similares. El ministro ponente del primer caso fue Juan Luis González Alcántara Carrancá.
La decisión del máximo Tribunal del país abre una puerta a todas las personas que han sufrido en los últimos años por el desabasto de medicamentos, incluidos mujeres y niños con cáncer, que se han inconformado ante las autoridades federales desde hace ya varios meses, en busca de ser atendidos como corresponde.
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FUENTE: INFOBAE NOTICIAS
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