La Superintendencia Nacional de Aduana y de Administración Tributaria (Sunat) difundió el cronograma de pago de las obligaciones tributarias a fin de que los contribuyentes puedan declarar o pagar sus tributos a tiempo y así evitar futuros incumplimientos e inconvenientes.
La entidad debe recibir, cada año, las declaraciones de Impuesto a la Renta de los distintos comercios que existen en el país. A través de este proceso, las compañías cancelan sus obligaciones tributarias para evitar contingencias económicas negativas en sus comercios.
En este informe te daremos detalles sobre el calendario anual aprobado por el ente recaudador para este 2023.
La entidad recaudadora de impuestos mediante la Resolución N ° 281-2022/Sunat, que se aprobó el 24 de diciembre, estableció el cronograma de vencimientos mensuales para la declaración y pago de las obligaciones tributarias correspondientes para el 2023. Dicho calendario empezará a regir a partir del 15 de febrero de este año.
También mediante dicha norma se estableció las fechas de vencimiento según el último dígito del RUC, para los tributos de liquidación mensual, cuotas, pagos a cuenta mensuales y tributos retenidos o percibidos. De la misma manera, las declaraciones de tributos administrados y/o recaudados por la Sunat, así como el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), de enero a diciembre del 2023.
Los contribuyentes cuyo último dígito del RUC sea cero (0) serán los que iniciarán el cronograma mensual durante el 2023, entre los días 15 y 19 del mes siguiente al periodo tributario que le corresponda declarar.
¿Qué pasa si me atraso en el pago?
En la resolución se fijan también las fechas máximas de atraso de los registros de ventas e ingresos y de compras electrónicos que deberán tomar en cuenta los contribuyentes que se encuentren obligados, o que voluntariamente lleven sus registros de compras y registro de ventas e ingresos de manera electrónica, que iniciará el 14 de febrero próximo.
Los Buenos Contribuyentes cuentan con un vencimiento especial que reconoce el cumplimiento permanente de sus obligaciones y les brinda un mayor número de días para cumplir con presentar sus declaraciones y pagos.
Para obtener más información sobre el cronograma, los contribuyentes se pueden comunicar con la central de consultas telefónicas al 0-801-12-100 o 315-0730, visitar cualquiera de los centros de servicios al contribuyente ubicados en todo el país o ingresar al portal www.sunat.gob.pe, precisó la Sunat.
¿Cómo puedo verificar mi fecha de pago?
Verifica la fecha máxima de vencimiento para la declaración y pago de tus obligaciones mensuales de acuerdo al último dígito de tu RUC.
El cronograma fue aprobado mediante Resolución de Superintendencia N° 281-2022/SUNAT, publicada el 24.12.2022 y puedes acceder desde aquí.
Aquí se establecen cronogramas para el cumplimiento de las obligaciones tributarias mensuales y las fechas máximas de atraso de los registros de ventas e ingresos y de compras llevados de forma electrónica correspondientes al año 2022.
Asimismo, según lo previsto en la Resolución de Superintendencia N.º 000001-2023/SUNAT, publicada el 03.01.2023, respecto a los cronogramas mencionados en el párrafo anterior, se prorrogan las fechas de vencimiento del período diciembre de 2022 hasta las fechas de vencimiento del período enero de 2023.
Esta prórroga aplica para aquellos deudores tributarios que en los períodos de noviembre de 2021 a octubre de 2022, hubieran obtenido ingresos de hasta 1.700 UIT (S/ 7.820.000), además de verificar las condiciones mencionadas en el Art. 5 de la referida Resolución.
¿Cómo puedo descargar el Cronograma Sunat 2023?
También puedes obtener un cronograma personalizado al ingresar tu número de RUC. Y recuerda que puedes realizar tus consultas a través de canales de orientación. Esta publicación pertenece al compendio Cronograma de vencimiento de obligaciones mensuales.
La resolución emitida por la Sunat tiene por finalidad establecer los cronogramas y las fechas máximas de atraso a que se refiere el artículo 1, fijándolos en días hábiles, facilitando de esta manera su recordación para el cumplimiento oportuno de las obligaciones vinculadas con los referidos cronogramas y fechas máximas.
¿En qué fecha debes presentar la declaración anual de renta 2022?
La Sunat informó todos los detalles para los contribuyentes que deben realizar presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2022 y del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), de acuerdo con el último dígito del RUC.
La institución recaudadora de impuestos también dio a conocer los formularios y demás disposiciones para que los contribuyentes cumplan con la presentación de la documentación necesaria para realizar este procedimiento, según la fecha de que te corresponde en el cronograma.
El cronograma de vencimientos para la presentación de la Declaración Anual de Renta 2022 iniciará el 24 de marzo y se extenderá hasta el 11 de abril del 2023, de acuerdo con el último dígito del RUC del contribuyente. Aquí puedes ver cuáles son los plazos de vencimiento.
¿Quiénes deben presentar la declaración anual de renta 2022?
Sunat informó que, en el caso de las personas naturales, el Formulario Virtual N.º 709 estará disponible en Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe) y en el APP Personas a partir del 6 de marzo del 2023, fecha en la que podrán presentar su declaración, sin necesidad de esperar los vencimientos. Deben presentar la Declaración Anual de Renta 2022:
Personas naturales
– Quienes hubieran percibido Rentas de Quinta Categoría (trabajadores en planilla) y, al mismo tiempo, deduzcan gastos de arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.
– Trabajadores que perciben Rentas de Cuarta (trabajadores independientes) y/o Quinta Categorías y Rentas de Fuente Extranjera que tengan un saldo a favor del Impuesto a la Renta.
– Quienes hubieran percibido Rentas de Cuarta y/o Quinta Categorías que atribuyan gastos por arrendamiento a sus cónyuges o concubinos.
– Quienes tengan un saldo a pagar por Rentas de Primera, Segunda y Rentas del Trabajo y/o Rentas de Fuente Extranjera.
– Aquellas personas que arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el impuesto y/o hayan aplicado dichos saldos, de corresponder, contra los pagos a cuenta por Rentas de Cuarta Categoría.
Empresas
– Aquellos contribuyentes que hubieran generado rentas o pérdidas de Tercera Categoría del Régimen General o del Régimen Mype Tributario (RMT).
– Personas o entidades generadoras de Rentas de Tercera Categoría que hubieran realizado operaciones gravadas con el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) por haber efectuado el pago de más del 15% de sus obligaciones sin utilizar dinero en efectivo o medios de pago.
Nuevo punto
– Según indica el diario El Peruano, se ha incorporado en la obligación de presentar la Declaración Anual de Renta 2022 a aquellos contribuyentes del Régimen General que deduzcan los créditos por impuesto abonado por la distribución de dividendos o utilidades.
¿Cómo recuperar mi clave SOL?
Sigue estos pasos para poder obtener tu clave que te permite acceder a los servicios de Sunat.
Paso 1: ingresa a “Operaciones en línea” y selecciona la opción “Mis trámites y consultas”.
Paso 2: selecciona la pregunta “¿Te olvidaste tu usuario o clave?”
Paso 3: se mostrarás dos alternativas en la pantalla: recuperar clave SOL por pregunta secreta o mediante pregunta de autenticación.
Paso 4: elige una y genera una nueva clave SOL.
Evita contingencias
A partir de este miércoles 15 de febrero empezó el pago de las obligaciones tributarias para los contribuyentes cuyo último dígito RUC sea “0″ , según lo establecido en el cronograma de vencimientos mensuales de la Sunat.
El calendario de pagos contenido en la Resolución de Superintendencia N.º 281-2022/Sunat, establece las fechas de vencimiento según el último dígito del RUC, para los tributos de liquidación mensual, cuotas y los pagos a cuenta mensuales y tributos retenidos o percibidos. Asimismo, las declaraciones de tributos administrados o recaudados por la Sunat, así como el impuesto a las transacciones financieras (ITF), de enero a diciembre del 2023.
También se fijan también las fechas máximas de atraso de los registros de ventas e ingresos y de compras electrónicos, que deberán ser consideradas para los contribuyentes que estén obligados o que voluntariamente lleven sus registros de compras y registro de ventas e ingresos de manera electrónica, que se iniciará el 14 de febrero para el anexo II de la resolución.
Los buenos contribuyentes cuentan con un vencimiento especial que reconoce el cumplimiento permanente de sus obligaciones y les brinda un mayor número de días para cumplir con presentar sus declaraciones y pagos.
Pago sin clave SOL
El servicio, denominado “Pago sin Clave SOL”, es una nueva plataforma virtual que se encuentra operativa desde el 1 de diciembre de 2022. La Sunat implementó un nuevo servicio para los contribuyentes, que consiste en un canal adicional para el pago virtual de las deudas tributarias sin necesidad de uso de la Clave SOL, evitando que las personas naturales tengan que acudir a entidades bancarias para cumplir con sus obligaciones tributarias.
El servicio“Pago sin Clave SOL” permite acceder a los Formularios Virtuales 1673 (Boleta de Pago – Otros), 1675 (Regímenes Especiales ONP), 1662 (Boleta de Pago) y 1663 (Boleta de Pago con NPS).
Los usuarios podrán acceder al pago de sus obligaciones tributarias desde el portal Sunat (www.sunat.gob.pe) y también podrán consultar los formularios presentados a través del referido servicio.
Los principales beneficios de este servicio son la simplificación del registro de datos ya que se disminuye los errores de información debido a que tendrás datos sugeridos o validados al momento del llenado. También brinda asistencia con ayudas y alertas, permite realizar el pago virtual con una tarjeta de crédito o débito. Las transacciones de pago se podrán hacer las 24 horas del día, los 365 días del año, mediante esta vía.
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