Corte Constitucional tumbó decreto que reglamentaba las curules de las circunscripciones especiales de paz

El Alto Tribunal estudió la acción de tutela de una mujer que, en 2020, acudió
a la Comisaria de Familia para solicitar una medida de protección para ella y
su hijo.
Imagen de referencia Corte Constitucional
El alto tribunal enfatizó en que esta decisión no afectará ni la elección pasada ni la futura de las circunscripciones especiales de paz. Foto Colprensa

La Corte Constitucional declaró, el jueves 10 de agosto de 2023, inexequible el decreto 1207 de 2021, expedido por el entonces presidente de la República, Iván Duque Márquez, en el que se reglamentaba la elección de las circunscripciones transitorias especiales de paz.

La decisión tomada por el alto tribunal se debería a vicios de procedimiento en su trámite, ya que “a pesar de que el decreto reguló materias que son objeto de la reserva de ley estatutaria, el presidente omitió el deber de enviarlo automáticamente a la Corte para su control previo, integral y definitivo de constitucionalidad”.

En su determinación, que quedó en firme con la sentencia C-302/23, del magistrado ponente José Fernando Reyes Cuartas, la corte enfatizó en que esta decisión no afectará ni la elección pasada ni la futura de dichas circunscripciones especiales de paz.

Con la decisión, la Corte incitó al Gobierno nacional para que, de acuerdo con su postura, ejerza su iniciativa legislativa en esta materia y al Congreso de la República para que expida la regulación que corresponda, “de conformidad con los términos considerativos de esta providencia”.

Pronunciamiento de la Corte Constitucional sobre las circunscrpciones de paz
Con la sentencia C-302 de 2023, la Corte Constitucional declaró inexequible el decreto 1207 de 2021, firmado por el entonces presidente Iván Duque.

En desarrollo…


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