La Corte Constitucional declaró, el jueves 10 de agosto de 2023, inexequible el decreto 1207 de 2021, expedido por el entonces presidente de la República, Iván Duque Márquez, en el que se reglamentaba la elección de las circunscripciones transitorias especiales de paz.
La decisión tomada por el alto tribunal se debería a vicios de procedimiento en su trámite, ya que “a pesar de que el decreto reguló materias que son objeto de la reserva de ley estatutaria, el presidente omitió el deber de enviarlo automáticamente a la Corte para su control previo, integral y definitivo de constitucionalidad”.
En su determinación, que quedó en firme con la sentencia C-302/23, del magistrado ponente José Fernando Reyes Cuartas, la corte enfatizó en que esta decisión no afectará ni la elección pasada ni la futura de dichas circunscripciones especiales de paz.
Con la decisión, la Corte incitó al Gobierno nacional para que, de acuerdo con su postura, ejerza su iniciativa legislativa en esta materia y al Congreso de la República para que expida la regulación que corresponda, “de conformidad con los términos considerativos de esta providencia”.

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