Condenaron a Lázaro Báez y a Leandro Fariña por lavado de dinero en la compra de un campo en Uruguay

Condenaron a Lázaro Báez y a Leandro Fariña por lavado de dinero en la compra de un campo en Uruguay
Condenaron a Lázaro Báez y a Leandro Fariña por lavado de dinero en la compra de un campo en Uruguay
(Gustavo Gavotti/)

El empresario kirchnerista Lázaro Báez fue condenado por el Tribunal Oral en lo Federal y Criminal N° 4 a cuatro años y seis meses de prisión tras ser encontrado culpable del delito de “lavado agravado” en una de las causas como parte de la investigación conocida como “la ruta del dinero K”, en la que se lo juzgó por la compra de un campo en Uruguay, llamado “El entrevero”, que se ubica entre los balnearios José Ignacio y La Barra, de Punta del Este.

Otro de los implicados, Leonardo Fariña, recibió una condena de dos años y seis meses, aunque en este caso la pena definitiva del empresario será de cuatro años de prisión, porque se le unificará con otras penas por distintos delitos.

En el punto V del fallo el Tribunal dictaminó por mayoría que a Báez también se le aplique una “multa de TRES (3) VECES EL MONTO DE LAS OPERACIONES, ACCESORIAS LEGALES Y COSTAS, por considerarlo penalmente responsable del delito de lavado de activos cometido en dos oportunidades que concurren materialmente entre sí, en carácter de coautor (hecho 1 “El Entrevero” y hecho 2 “Terreno en El Faro de José Ignacio”) (artículos 12, 19, 29 inc. 3, 40, 41, 45, 55, 303 inciso 1° -según redacción ley 26.683-, del Código Penal, y 530 y 531 del Código Procesal Penal de la Nación)”.

Por el campo de “El Entrevero”, de 152 hectáreas, se pagaron 14 millones de dólares. De la operación participaron varias sociedades y testaferros de Báez para intentar ocultar a los verdaderos dueños. Además del empresario fueron juzgados el abogado Jorge Chueco, el contador Daniel Pérez Gadín, Maximiliano Acosta, Maximiliano Goff Dávila, el financista Santiago Carradori y Osvaldo Guthux.

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Báez ya fue condenado a 12 años por la llamada “ruta del dinero K”, aunque luego la Cámara de Casación redujo la pena a 10 años, y luego sumó otra condena de 6 años por el caso Vialidad.

La Unidad de Información Financiera (UIF) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fueron los organismos del Estado que actuaron como querellantes y que habían pedido que Lázaro Báez sea condenado a 9 y 7 años de prisión, respectivamente.

En el caso de Maximiliano Goff Dávila, el Tribunal lo consideró “penalmente responsable del delito de lavado de activos agravado (hecho 1 “El Entrevero”), en carácter de coautor, en concurso material con el delito de lavado de activos (hecho 3 “Depto. de Avda. del Libertador 2424″)” y lo condenó a una pena de cinco años de prisión.

El mencionado en el fallo como hecho 3 es por la compra, “en comisión”, de un departamento ubicado en avenida del Libertador y Silvio Ruggieri, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el que se habrían pagado USD 800 mil.

En el caso del exdueño de la financiera a la que se conoció “La Rosadita”, Daniel Pérez Gadin, resultó condenado a 4 años de prisión y Jorge Oscar Chueco, otro de los cómplices, a tres años y seis meses.

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