Viajar con niñas, niños y adolescentes colombianos al exterior puede ser un proceso tedioso para muchos padres de familia debido a los requisitos que les exigen: un permiso de salida debidamente diligenciado y notariado, en el caso de que el menor viaje con solo uno de los padres o con una persona distinta a ellos.
Para garantizar un proceso más sencillo para los padres de los menores, y en cumplimiento con la Ley 2097 de 2021 que asegura la integridad de los pequeños al salir del país, Migración Colombia anunció que a partir del pasado miércoles 13 de marzo ya no requerirán del permiso aprobado de uno de los progenitores para que el menor salga del territorio nacional, siempre y cuando este aparezca reportado como deudor alimentario moroso.
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Esta medida clave se tomó en concordancia con la Ley 2097 de 2021, a través de la cual se simplificó el proceso de salida del país de los menores de edad cuyo padre o madre estuviera reportado como deudor moroso. Lo anterior, asegura que en caso de incumplimiento de responsabilidades alimentarias, el permiso para la salida del pequeño no sea requerido.
Los nuevos requisitos
Con esa nueva directriz, en lugar de solicitar el permiso de salida del país otorgado por el padre o madre que sean deudores morosos alimentarios, Migración Colombia anunció que solo se requerirá la presentación del certificado de inscripción del padre o madre moroso en la base de datos del Registro de Deudores Morosos de Alimentos (Redam).
El Redam, explica Migración, es un certificado otorgado por el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (MinTIC), con previa orden de inscripción de un juez. Dichos certificados cuentan con códigos QR para su validación y verificación.
“Hemos agilizado la incorporación de comunicaciones del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) sobre la inscripción de padres o madres morosos en Redam. Estamos trabajando en la implementación de consultas en tiempo real con MinTIC, conforme a lo establecido en el Decreto 1310 de 2022″, señaló la autoridad migratoria.
Paso a paso para la salida de menores al exterior
Siguiendo las directrices de la Ley 2097 de 2021, el nuevo proceso para que los niños puedan salir del país cuando uno de sus progenitores sea un deudor moroso alimentario, será de la siguiente manera:
- Cuando un juez o funcionario competente ordena la inscripción de un deudor alimentario moroso en Redam, MinTIC actualiza la base.
- Al momento de la salida del país, el padre o madre presenta impreso el certificado de inclusión en Redam a Migración Colombia, quien verifica la autenticidad de la información mediante el código QR.
- Los oficiales de Migración Colombia en los diferentes Puestos de Control Migratorio verifican los requisitos de salida del país de acuerdo a la normatividad migratoria, incluyendo la presentación del pasaporte colombiano válido y vigente, copia o fotocopia del Registro Civil de Nacimiento del niño, niña o adolescente, además de validar el Certificado del Redam, pasaje de salida y visa si el país de destino así lo exige.
Con la nueva normativa, Migración Colombia buscará así garantizar la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, asegurando así que su control migratorio responda así a sus necesidades y brinde las garantías necesarias para su seguridad y bienestar.
La medida se suma al lineamiento anunciado por la aerolínea Avianca el pasado 15 de febrero, en la que dio a conocer que desde la fecha, los menores de 14 años ya no pueden viajar solos, es decir, solo pueden volar acompañados por sus padres o un adulto responsable que cuente con previa autorización.
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