Nicolás Carrizo, acusados por el intento de homicidio de Cristina Kirchner, tendrá que volver a declarar ante la jueza María Eugenia Capuchetti en indagatoria. Se trata de un planteo de la querella que buscaba volver a interrogarlos para mostrarles nuevas pruebas surgidas de los teléfonos de los implicados, indicaron a Infobae fuentes judiciales.
La Vicepresidenta buscaba que el llamado a indagatoria incluyera también a Brenda Uliarte y Fernando Sabag Montiel, sus dos atacantes, y que se los procesara a todos por asociación ilícita. Sobre ese punto, el fallo al que accedió Infobae determinó: “Tal cuestión se encuentra dentro de la esfera de análisis y decisión de la señora jueza de grado en el momento oportuno y del Ministerio Público Fiscal a quien le fue delegada la instrucción de la causa”.
Tras una serie de tuits en redes sociales de la propia de Cristina Kirchner, sus abogados —José Manuel Ubeira y Marcos Aldazabal— habían reclamado que “los nuevos mensajes recabados autorizaban a afirmar que Carrizo había tenido efectiva intervención en la decisión de intento de homicidio de la vicepresidenta”. Y también modificar la acusación a asociación ilícita para el jefe de los “copitos” y a la pareja que intentó matar a CFK. La defensa de Carrizo se había opuesto.
Se trata de los mensajes que aparecieron en un análisis más exhaustivo de los teléfono sobre de Carrizo. “Recién intentamos matar a Cristina”, decía uno de los mensajes en la noche del 1 de septiembre. “Recordá esta fecha”, “Esta hdp (sic) ya está muerta”, “No sabés que hicimos con esto”, “Generar miedo”, “Para que el gobierno sepa con quienes se están metiendo”, son algunos de los mensajes que hizo públicos la vicepresidenta en sus redes sociales. Incluso en la mañana del día después, el 2 de septiembre, Carrizo insistió: “Es un golpe que le dimos al gobierno” y “esto se va a poner peor”.
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Para la querella, los nuevos mensajes demuestran “el plan criminal que tenía un objetivo concreto: matar a Cristina ‘para obligar al señor presidente a que renuncie’”. Según decían, “si bajan a Cristina, bajan a La Cámpora, y con esto le damos un golpe terrible al gobierno”. Y por eso pidió volver a llamar a indagatoria a los acusados y avanzar con la acusación de asociación ilícita
La jueza Capuchetti rechazó inicialmente el planteo y el caso llegó a la Cámara Federal. En un voto conjunto, los jueces Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia que “la decisión cuestionada inicialmente resulta irrecurrible”, pero aseguró que “en esta oportunidad se advierte que la impugnación deducida se apoya en argumentos que logran superar la barrera que habilita esta vía recursiva, ya que podría causar un gravamen de imposible reparación ulterior tanto para los derechos del imputado —en lo que concierne a garantizar el principio de congruencia y el derecho de defensa y el debido proceso legal—, como para los intereses del acusador particular en lo que hace a la averiguación de la verdad”.
“Nos encontramos aquí frente a elementos de prueba novedosos, que fueron incorporados —como tales— con posterioridad a la recepción de la declaración indagatoria de los imputados, pues el informe elaborado por la DATIP donde se identifica específicamente a los mensajes en cuestión fue aportado al legajo con fecha 26 de octubre del corriente”, señalaron los jueces.
Y añadieron: “Si bien es cierto que el ordenamiento procesal vigente no exige que la intimación cursada a los imputados sea ampliada cada vez que se agrega un nuevo elemento de prueba al sumario, las características que exhibe el caso en concreto aconsejan que deba imponerse de dichos elementos a Nicolás Gabriel Carrizo, garantizando así del modo más amplio posible el adecuado ejercicio de su derecho de defensa en juicio”.
Por su parte, el juez Mariano Llorens opinó que “más allá de las consideraciones respecto a si pueden recurrirse las decisiones como la que aquí se objeta, el debate ha sido sellado y por ello quiero pronunciarme sobre distintos aspectos de la materia a resolver”. Y precisó que “el acusador particular centró sus agravios en dos puntos para cuestionar la decisión de la a quo. El primero apunta al rechazo del pedido de ampliación de la declaración indagatoria de Carrizo para que se le exhiban unos supuestos diálogos (chats) mantenidos por medio de la aplicación WhatsApp que, a su juicio, deberían considerarse prueba de cargo respecto de la imputación que se le formula”.
“Si no hay una modificación de la plataforma fáctica y solo se trata de la incorporación de elementos de prueba que confirman tales extremos, de no afectarse el principio de congruencia de la imputación, ninguna razón hay para hacer lugar al planteo de la Acusación Privada sobre todo cuando ese análisis ya fue objeto del auto de mérito confirmado por esta Alzada. Es conveniente aclarar que todos los elementos de prueba que no importen una modificación del objeto procesal y solo estén destinados a abonar las posiciones actuales, serán una herramienta que las partes podrán utilizar en la etapa del debate como elemento demostrativo para fundar su posición”, indicó.
Para el juez, “estos argumentos descartan, además, la alegada intención de la Querella de despejar nulidades futuras, pues hay que recordar que en los procesos no se discuten calificaciones legales en abstracto sino, como dije antes, solo hechos que aparecen atrapados por una —o varias— figuras legales”.
En ese marco, el tribunal resolvió encomendar a la jueza Capuchetti “proceder conforme los lineamientos trazados en los considerandos precedentes”, en donde se indica volver a llamar a indagatoria a Carrizo para exhibirle los nuevos mensajes.
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