El Gobierno autorizó hoy un aumento del 19% para las tarifas de internet, telefonía fija y móvil y televisión por cable y satelital, que se aplicará a partir de mayo.
El ajuste se concretará en dos etapas, cada una de ellas del 9,5%, a efectivizarse en mayo y julio próximos, de acuerdo con la Resolución 725/2022 del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) publicada este lunes en el Boletín Oficial.
Así, desde el mes que viene las prestadoras de telefonía celular podrán aplicar el primero de los incrementos para «cualquiera de sus planes en las modalidades pospagas y mixtas».
En julio podrán volver a incrementar sus precios en otro 9,5%, «tomando como referencia los valores actualizados».
La misma suba fue autorizada para las licenciatarias de Servicios de Valor Agregado de Acceso a Internet (SVA-I), de Servicios de Telefonía Fija (STF), de Servicios de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico y radioeléctrico (SRSVFR) y de Servicios de Comunicación Audiovisual de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo satelital (DTH).
Por su parte, los precios para la «modalidad prepaga pura» de la telefonía celular quedaron fijados así:
— Recarga de 50 MB de datos móviles por día: $27,40 en mayo y $30 en julio, con impuestos incluidos.
— Segundo de voz: $0,42 en mayo y $0,46 en julio, con impuestos incluidos.
— SMS: $5,50 en mayo y $6 en julio, con impuestos incluidos.
El Enacom advirtió que cualquier cambio que las empresas «eventualmente realicen sobre sus planes, precios y condiciones comerciales con arreglo a las autorizaciones de incrementos aprobadas en la presente Resolución, deberán ser comunicadas» a ese organismo, que regula los servicios de telecomunicaciones en el país.
También explicó que cualquier incremento sobre los precios minoristas que hubiese sido aplicado por las compañías y «que supere los valores expresamente autorizados», deberá ser reintegrado a sus usuarios en la próxima factura. Si algún cliente no abona su factura con estos aumentos no aprobados por la Enacom, las prestadoras «deberán abstenerse de computar los plazos legales vigentes para proceder a la suspensión del servicio ni aplicar, con causa en dichas facturas, las demás disposiciones vigentes», aclaró el ente regulador.
Y aseguró que si las empresas no cumplen con esta disposición, se entenderá esa conducta como «violatoria de los derechos de los clientes y de incumplimiento de las obligaciones de los prestadores, dando lugar a la aplicación de las sanciones».
El organismo recordó que el último incremento que autorizó «fue de aplicación segmentada y asimétrica para enero de 2022, y destacando el enorme esfuerzo que las prestadoras del sector realizan para acompañar las distintas medidas de contención de la pandemia, corresponde autorizar nuevos incrementos con aplicación para mayo y julio de 2022».
La suba de enero fue del 9,8% y alcanzó solo a las empresas de internet, telefonía fija y televisión por cable y satelital, que cuenten con menos de 100 mil clientes.
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